Intendencia de Montevideo elaboró proyecto de decreto que prohíbe el uso de glifosato en espacios públicos
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El proyecto fue elevado a la Junta Departamental de Montevideo, que lo votará a partir de febrero.
La Intendencia de Montevideo (IM) envió la semana pasada a la Junta Departamental de Montevideo un proyecto de decreto que promueve “la eliminación de uso de glifosato y demás plaguicidas y herbicidas sintéticos” en el mantenimiento del espacio público urbano, con el objetivo de evitar los efectos negativos sobre el medioambiente y la salud de los ciudadanos. La Junta pondrá a consideración el proyecto una vez que se retomen las actividades en febrero.
La directora del departamento de Desarrollo Urbano de la comuna, la arquitecta Silvana Pissano, comentó a la diaria que el proyecto se enmarca en dos de los grandes objetivos del gobierno departamental: el cuidado de la salud de los ciudadanos y la preservación del medioambiente. En virtud de ese cometido, la arquitecta sostuvo que Desarrollo Urbano y la Unidad de Montevideo Rural de la IM han trabajado mucho tiempo en elaborar la iniciativa para asegurar la salud de “funcionarios de la intendencia, ciudadanos y sus mascotas”, así como su disfrute del espacio público. Entre los motivos del decreto, se establece que el uso habitual de productos químicos como el glifosato, los plaguicidas y los herbicidas, sin los cuidados y la regulación necesaria, puede provocar “efectos nocivos para la salud humana”. En ese sentido, Pissano destacó que, si bien actualmente estos productos se utilizan en “porcentajes mínimos”, es “conveniente su prohibición y el control estricto de su uso a fin de evitar consecuencias nocivas para la población”.
El decreto consta de ocho artículos. En el primero se plantea eliminar la aplicación de glifosato y otros plaguicidas y herbicidas químicos en “todas las tareas de mantenimiento” en “plazas, jardines, parques, canteros, arbolado en calles, canchas deportivas, ramblas, veredas, cementerios, etc.”, que hasta el momento son implementados de forma “habitual y sin cuidados correspondientes”, lo que puede provocar efectos nocivos para la salud de los ciudadanos y las mascotas. Además, se establece que esas tareas sean responsabilidad de la IM o de empresas contratadas por ella.
El tercer artículo del proyecto establece que los “servicios competentes” tendrán un plazo máximo de seis meses a partir de la aprobación del decreto para sustituir el uso del glifosato, los plaguicidas y los herbicidas sintéticos por sistemas alternativos, como el “desmalezamiento manual con vapor de agua u otras alternativas cuyos residuos no repercutan en la salud de las personas y cuenten con la aprobación explícita de las autoridades competentes”. La sanción establecida para las empresas que incumplan con lo dispuesto en el decreto será la “rescisión automática” del contrato.
También se establece la posibilidad de facultar a la IM de crear, en forma coordinada con el municipio correspondiente, “un plan de fiscalización” para controlar el “transporte y eliminación definitiva de envases y restos de los mencionados plaguicidas y herbicidas sintéticos que se encuentren en la órbita pública, en el ámbito privado y en las empresas contratadas que brindan servicios por vía de licitación o compra directa”.
Los últimos dos artículos del proyecto dictaminan que la IM desarrollará “campañas de sensibilización hacia la opinión pública a efectos de minimizar la utilización de glifosato y otros plaguicidas y herbicidas sintéticos en jardines, viveros y zonas de uso privado”, e “instancias de formación a los trabajadores y trabajadoras de arbolado, áreas verdes y jardinería a nivel público y privado sobre la aplicación de este decreto y las técnicas de sustitución”.Compartir
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