TIGRE – Delta – Arroyo Pacú – Velero toco con su mástil cables de tendido eléctrico. Muere electrocutado tripulante de la embarcación.
TIGRE: Falleció electrocutado un tripulante deportivo a bordo del velero "Mas Calma". Un Guardacostas de la Prefectura San Isidro, recibió una comunicación radial de emergencias de un poblador isleño, quien avisó que sobre aguas del Arroyo Pacú, próximo al Canal Vinculación, Primera Sección de Islas del Delta, una embarcación tipo velero toco con su mástil cables del tendido eléctrico, lo que le estaba produciendo un principio de incendio a bordo.
Pocos minutos después, varios Medios Fluviales de Prefectura San Isidro y Prefectura San Fernando arribaron al lugar del hecho, con Motobombas Flotantes para prevenir un posible foco ígneo y producir achique de la embarcación siniestrada, constatando que se trataba del Velero " Mas Calma" y que a bordo de la misma se hallaban tres (03) personas de sexo masculino, mayores de edad, de los cuales uno de ellos se encontraba inconsciente, motivo por el cual se procedió inmediatamente a evacuarlo Vía Fluvial hacia el continente y coordinar que una ambulancia y personal médico del Hospital San Fernando espere el arribo de la persona desvanecida.
Ya abordo de la Ambulancia, y en camino hacia el hospital, el Profesional a cargo de la Evacuación Médica practicó maniobras de RCP (Reanimación Cardio-pulmonar) al accidentado, momentos después el paciente ingresó a la sala de terapia intensiva. Luego el médico informó el deceso de Javier Hernán Ibarra, bajo el diagnóstico de "Paro cardiorrespiratorio traumático por aparente descarga eléctrica"
Paralelamente, con el apoyo de los Medios Fluviales de Prefectura destacados en la emergencia, se trasladó al velero hasta el Puerto de San Isidro para que los otros dos (2) Tripulantes, fueran asistidos por un profesional médico, ya que presentaban un evidente estado de shock y algunas quemaduras menores, diagnosticando el Médico que los asistió, "que se encontraban emodinámicamente compensados".
La Prefectura San Isidro (dependiente de la Prefectura Zona Delta), procedió a dar intervención a la Sra. Fiscal en Turno Dra. María Virginia Toso, a cargo de la Fiscalía de Instrucción, quien ordenó que se labren las actuaciones de rigor para estos casos.
El HCD de Tigre aprobó el Plan de Manejo Ambiental del Delta.
Los concejales convocados bajo una Sesión Extraordinaria sancionaron el Plan de Manejo Ambiental del Delta que comprende la preservación del área, su Código de Zonificación y la Normativa de Construcciones.
En la 26º Reunión, 3º Sesión Especial del Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Tigre presidida por el Dr. Julio Zamora, se aprobó por unanimidad el Plan de Manejo Ambiental del Delta.
En tal sentido, el presidente del HCD de Tigre, Dr. Julio Zamora, afirmó: “Hoy es un día histórico para todos los vecinos de Tigre que amamos el Delta, es el resultado de un largo proceso dinámico que va a continuar desarrollándose para la protección integral de nuestras Islas. Desde el inicio de la gestión del Intendente Sergio Massa se ha demostrado una clara voluntad política para la protección de la identidad isleña, de su insularidad y de su biodiversidad. Queremos agradecer la participación de la Fundación Metropolitana y el acompañamiento de los vecinos isleños que aportaron distintas miradas para construir el Plan de Manejo”.
“Esta sanción es la culminación de un trabajo participativo que comenzó con un informe realizado bajo la amplia intervención de distintos bloques políticos, de la Fundación Metropolitana y que contó con la colaboración de la Universidad Tecnológica Nacional de General Pacheco (UTN) y de los vecinos. Así, logramos llegar a un pre-diagnóstico; posteriormente, el HCD elaboró una medida cautelar para la protección de los principios básicos para la preservación integral del área, conformamos una Comisión Redactora que recolectó distintas visiones y en el día de la fecha estamos aprobando el Plan de Manejo del Delta brindando respuesta a una problemática pendiente de larga data caracterizada por la ausencia de toda normativa específica al respecto”, agregó Zamora.
El Presidente de la Fundación Metropolitana, Pedro del Piero, señaló: “La normativa pretende proteger la naturaleza del paisaje conciliando sus particularidades con el desarrollo precedente conteniendo así la fragilidad característica de las Islas. Para desarrollar dichas normas, se conformó en julio de 2012 una Comisión Especial Redactora, encabezada por el presidente del HCD de Tigre, Julio Zamora e integrada por los concejales: Alejandra Nardi, Rodrigo Molinos, Horacio Fabeiro, Daniel Macri, Hugo Leber, Guillermo de la Vega, Ariel Arnedo y Luis Cancelo, lo que aseguró una amplia mirada sobre los distintos temas a tratar”.
La presidenta del Bloque Frente Todos por Tigre, Alejandra Nardi, sostuvo: “Estamos aprobando una Ordenanza histórica de ordenamiento del Delta donde los primeros protagonistas son sus vecinos. En la conformación del Plan de Manejo del Delta participaron todos los Bloques Políticos unidos bajo el objetivo del dictado de una norma amplia que protegiera la biodiversidad de nuestras Islas y que constituyera un cuidado integral del medio ambiente. Nuestro fin primordial es respetar el derecho de las futuras generaciones de poder disfrutar de un medio ambiente preservado”.
El concejal de Islas del Bloque Frente Todos por Tigre, Horacio Fabeiro, resaltó: “Estoy orgulloso de ser parte de este cambio histórico que se está llevando a cabo en el día de hoy en el Concejo Deliberante de Tigre, que se traduce en tener una normativa para la zonificación, construcción y cuidado del Delta. Quiero agradecerles al Intendente Sergio Massa y a cada uno de los habitantes isleños que participaron de la conformación del Master Plan”.
El Edil del Bloque Unión Pro, Ariel Arnedo, comentó: “El Plan de Manejo del Delta contempló todas las aristas necesarias para que en el futuro nuestros hijos y nietos puedan disfrutar de la preservación de los humedales y el cuidado integral del Delta”.
Por su parte, Guillermo García de la Vega de “Unión Federal”, indicó: “Estas Ordenanzas son el resultado del trabajo y del aporte de todos los bloques políticos y de distintos actores de la sociedad. Nuestro objetivo será consolidar la norma que proteja la Primera Sección de Islas”.
La Concejala del Bloque de Acción Comunal, Ana María Fernándes Costa, comentó: “Me alegra que se haya podido concretar el Plan de Manejo del Delta que preservará su biodiversidad y la forma de vida de los isleños”.
El Plan de Manejo Integral del Delta promueve las actividades que tiendan al desarrollo sustentable del área. Busca respetar las lógicas de su insularidad, mejorar las condiciones de vida de sus residentes actuales y futuros. La misma adopta como bases centrales: la protección del Humedal y el fortalecimiento de la identidad isleña.
En tanto que el Código de Zonificación plantea una norma específica respecto de la clasificación de las distintas unidades territoriales conforme a sus aptitudes con la intención de encauzar el desarrollo ordenado de cada área en particular. Para desarrollarla, la Comisión Especial Redactora a cargo del Plan de Manejo consultó a un conjunto de expertos en el manejo de humedales, con el fin de avanzar en un plan que equilibre el proceso de ocupación territorial.
Por último, la Normativa de Construcciones para el área tiene por espíritu el crecimiento sostenido del desarrollo en concordancia con el hábitat originario. Viene a suplir la falta de un esquema normativo propio en materia de construcciones para la Primera Sección de las Islas, poniendo el centro de atención en los espacios ya edificados y su entorno, respondiendo a los criterios sociales, económicos y ambientales. Además, busca regular la presentación de los nuevos proyectos, la delimitación de los límites parcelarios y cotas de nivel, estableciendo nuevas definiciones técnicas a la hora de realizar edificaciones.
Las tres Ordenanzas fueron aprobadas en general y por unanimidad por todos los Bloques. El monobloque “Nuevo Tigre” de Luis Cancelo dio su voto negativo a la Ordenanza relacionada con las construcciones aplicables a las islas.
Referencia: http://www.elcomercioonline.com.ar
JUEVES, 7 DE MARZO DE 2013
TIGRE – Delta - Cámara ordena a la Pcia. Bs. As y al distrito de Tigre, efectuar relevamiento fotográfico satelital del Delta Bonaerense, e informar al juzgado sobre obras clandestinas.
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, decidió revocar por los fundamentos dados, la decisión de grado en cuanto ha sido materia de agravio en la Causa Nº 31054, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo nº 1 del Departamento Judicial de San Isidro, en la cual el Juez José Abelardo Servin había concedido a la Fundación Pro Tigre, la medida cautelar solicitada por el apoderado de la misma, el Dr. Guillermo Rojas Yenni, y ordenado a la co-demandada Municipalidad de Tigre, que suspenda el trámite de las autorizaciones en curso a los fines de la construcción, ampliación y modificación de barrios privados y/o clubes náuticos en la Primera Sección de islas del delta de Tigre.
El Juez José Servin, también había ordenado a la Municipalidad de Tigre que, ejerciendo el poder de policía municipal (art. 74 de la Ley Provincial 11.723) y en cumplimiento de esta resolución, evite la continuación de las obras de construcción, ampliación y modificación de barrios privados y/o clubes náuticos en la Primera Sección de islas del delta de Tigre que no gocen de autorización municipal.
Esta medida fue oportunamente apelada por los demandados, en función de lo cual la Cámara en lo Contencioso Administrativo de San Martín, a cargo de los Drs. Ana María Bezzi, Hugo Jorge Echarri y Jorge Augusto Saulquin, se expidieron sobre el asunto, decidiendo lo siguiente:
1º) Revocar, por los fundamentos dados, la decisión de grado en cuanto ha sido materia de agravio;
2º) Ordenar de modo precautorio –por los argumentos expresados en el considerando XV:
1- A la Provincia de Buenos Aires (OPDS) que realice con el organismo pertinente (ARBA) un relevamiento fotográfico satelital, cada seis meses, a los efectos de que se controle cualquier obra clandestina que pudiere surgir. En su caso deberá informar en forma inmediata a la Comuna para que actúe en el marco de sus competencias su poder y función de policía. El resultado de tales relevamientos deberán ser acompañados en forma semestral a la causa, para control de las partes intervinientes en este proceso.
2- A la Municipalidad de Tigre que informe en forma trimestral al juzgado sobre el estado de situación de las obras detectadas e informadas; y la paulatina adecuación de aquéllas a la Ordenanza 3178/11 (ver fs. 1388).
3- Exhortar al Poder Ejecutivo Provincial para que tenga a bien, en forma coordinada con la OPDS , agilizar los tiempos para que el proyecto de ley “Conservación, Aprovechamiento sostenible y ordenamiento ambiental del territorio del Delta Bonaerense” (OPDS, acompañado a fs. 1545/1565), o eventualmente el proyecto de ordenamiento ambiental, que mejor considerare se adecue a tales fines, pueda ser remitido en un tiempo razonable a la legislatura para su tratamiento.
4- A la Municipalidad de Tigre que en forma concurrente con las autoridades competentes provinciales, participen de modo activo, en el marco de sus competencias, con el propósito de preservar y proteger el ecosistema deltaico. En definitiva, la complejidad del tema supone la necesidad de poner en marcha un plan o programa conjunto a desarrollarse a mediano y largo plazo.
5- Exhortar a la Provincia de Buenos Aires y a la Comuna accionada, a que coordinen un sistema de información pública efectivo, a fin de concientizar a la población acerca de la vulnerabilidad de la región y la necesidad de su preservación.
6- Instar a la Comuna accionada a que cumpla en un plazo razonable los objetivos delimitados en la Ordenanza 3178/11, en particular el p. 8.1.5.2. (diseñar un análisis de impacto ambiental acumulativo para evitar problemas de saturación) (cfr. art. 28 Const. Prov; 22 ss. y cc. del CCA y 204 del CPCC).
De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.
VIERNES, 1 DE MARZO DE 2013
AGROTÓXICOS: El SENASA tiene atribuciones que no cumple ni puede cumplir adecuadamente.
Fue tal la magnitud de los hallazgos, que los miembros de la Auditoría General de la Nación (AGN) calificaron su propia investigación sobre el uso de agroquímicos en el país como un “informe lapidario”.
Según este trabajo, se fumigan en la Argentina unas 22 millones de hectáreas de cultivos transgénicos y el encargado de chequear cómo se aplican los agrotóxicos es el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Pero resulta que el organismo en cuestión tiene “atribuciones que no puede cumplir adecuadamente”, dice la Auditoría. Esto genera que la actuación del SENASA sea “deficiente”, y no justamente por falta de normas, sino por no acatar las reglas ya existentes.
Entre las limitaciones a la labor del SENASA, se destaca lo que la AGN llama “anarquía legislativa”. Es que aquellas 22 millones de hectáreas de cultivos transgénicos abarcan 12 provincias: Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Santiago del Estero, San Luis, Chaco, Salta, Jujuy, Tucumán, La Pampa y Corrientes. Esta “disparidad de jurisdicciones” que deben intervenir en el control (nación, provincias, municipalidades), generó que los técnicos hayan dejado explícita una pregunta en su investigación: “¿Cómo se hace con la aplicabilidad de normas cuando cada municipio tiene su propio sistema respecto de la prohibición o no de fumigar?”.
Siguiendo con la normativa, hay una disposición del año 1964 en la que se establece que “toda persona física o ideal que se dedica a realizar trabajos de lucha contra las plagas deberá inscribirse en el Registro”. Se trata, llevado a estos días, del Registro de Empresas Aplicadoras de Agroquímicos Terrestres y Aéreas.
Sobre este punto, la Auditoría señaló que “el registro es incompleto y parcial”, porque más allá de que la inscripción sea obligatoria, “en la práctica, opera como voluntaria”.
Añade la AGN que “no hay una base de datos integrada, completa y sistematizada” que contenga la información de todas las empresas registradas, y que el SENASA “sólo cuenta con tres listados separados y con diseños diferentes”.
Para completar el cuadro, las empresas no cumplen con todos los requisitos legales exigidos para la inscripción en el Registro, “tampoco existe una notificación de la Administración requiriendo su cumplimiento”, y ni siquiera se aplican sanciones a las firmas “incumplidoras”, explican los auditores.
Aquí, la “ausencia de coordinación” entre las jurisdicciones vuelve a aparecer como una limitación del SENASA. Es que en el informe se observa que no hay un control cruzado entre el registro nacional de empresas que aplican agrotóxicos, y los listados elaborados en las provincias.
Por otra parte, la Auditoría también cuenta que en 2009 se creó por decreto un organismo llamado Comisión Nacional de Investigación sobre Agroquímicos (CNIA), para que funcionara bajo la órbita del Ministerio de Salud.
El área tenía el objetivo de investigar, prevenir y brindar asistencia y tratamiento a las personas expuestas al uso de sustancias agroquímicas, con el propósito de promover la salud pública.
Pero según la AGN, “no se tiene evidencia de avances en las tareas de esta Comisión posteriores al año 2010”.
Paralelamente, una Dirección del SENASA, la de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos, participó junto a la CNIA en la coordinación de tres grupos de trabajo.
El primero, llamado “GT 1”, dedicado a la investigación y desarrollo del conocimiento, realizó un informe sobre el glifosato en julio de 2009, pero desde entonces no hay constancias de otras tareas o reuniones.
El “GT 2”, por su parte, había elaborado un “programa federal para el fortalecimiento de los sistemas locales de control de plaguicidas”. A pesar de su título ambicioso, el plan nunca fue puesto en marcha.
Y el tercer grupo, el “GT 6”, sí había comenzado a aplicar un plan de “capacitación en el uso responsable de agroquímicos -CURA-”, pero el último registro que se tiene sobre el avance de la tarea data de octubre de 2010.
“La continuidad del trabajo de la CNIA permitiría al Estado contar con datos y análisis específicos de las realidades locales para actuar preventivamente”, concluye la Auditoría, y añade que, si así fuera, la Nación podría tener “su propia producción científica y no depender de la información presentada por partes interesadas”.
Esta investigación de la AGN, aprobada sobre el cierre del año pasado, surgió como consecuencia del mecanismo de “planificación participativa”. Fue cuando el ente de control convocó durante 2011 a organizaciones civiles para escuchar sus propuestas sobre las temáticas que podían ser investigadas.
La magnitud del tema es explicada en el mismo informe: “La contaminación por agroquímicos termina siendo una intoxicación silenciosa porque la exposición repetida y a largo plazo –es decir toxicidad crónica- produce daños y/o muerte; de esta manera, se naturaliza una enfermedad de la que todos hablan”.
La Auditoría completa diciendo que la población expuesta a las fumigaciones con agroquímicos asciende a 12 millones de personas, “sin contar las poblaciones de las grandes ciudades de cada provincia” afectada.
El carácter “lapidario” del informe también se explica en el hecho de que el SENASA “no pudo refutar las observaciones” de la AGN.
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