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martes, 11 de noviembre de 2014

DENUNCIA INCUMPLIMIENTO ABSOLUTO DEL TRAMITE PARLAMENTARIO: Proyecto de ley Nro 7180-D-2014 Sumario "REGISTRO, COMERCIALIZACION Y CONTROL DE LOS PRODUCTOS FITOSANITARIOS EMPLEADOS PARA LA PROTECCION, CRECIMIENTO Y DESARROLLO DE LOS CULTIVOS. Luis Fernando Cabaleiro Abogado (UBA) CPACF T°73 F°685

Buenos Aires, 11 de Noviembre de 2014
Sr Presidente de la Comisión de Recursos Naturales y
Conservación del Ambiente Humano
Cámara de Diputados
De la Nación.

S       /      D
Ref: Proyecto de ley Nro 7180-D-2014 Sumario "REGISTRO, COMERCIALIZACION Y CONTROL DE LOS PRODUCTOS FITOSANITARIOS EMPLEADOS PARA LA PROTECCION, CRECIMIENTO Y DESARROLLO DE LOS CULTIVOS. REGIMEN."

DENUNCIA INCUMPLIMIENTO ABSOLUTO DEL TRAMITE PARLAMENTARIO.-

El que suscribe, Luis Fernando Cabaleiro DNI 21843319, abogado (UBA) con domicilio real en la calle Salerno 133 de la localidad de Sierra de la Ventana, Provincia de Buenos Aires, constituyendo el legal en la calle Lima 1149 11° “C” de la ciudad de Buenos Aires, me dirijo ante Ud. con la consideración correspondiente, por derecho propio y como miembro del Centro de Estudios Legales del Medio Ambiente (CELMA) y de la Red de Abogados de Pueblos Fumigados, con la adhesión del Centro de Protección a la Naturaleza de Santa Fe (Cepronat), Foro Ecologista de Paraná de la Provincia de Entre Ríos,  Bios de la Provincia de Buenos Aires, Acción por la Biodiversidad, Cátedra de Salud Socio Ambiental y Programa Ambiente Saludable de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Rosario, el Colectivo Paren de Fumigar Mar del Plata, Foro Ambiente y Salud de Vicente López, Foro Ambiental de General Viamonte, Asamblea Unidos por el Rio de Vicente López, y digo:
Se ha tomado conocimiento por los medios de difusión que el diputado nacional por Formosa, Luis Eugenio Basterra del Frente para la Victoria, el 11 de setiembre de 2014, presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley de agrotóxicos con el fin de regular su registro, comercialización y control. El mismo fue individualizado bajo el registro 7180-D-2014 y el sumario "REGISTRO, COMERCIALIZACION Y CONTROL DE LOS PRODUCTOS FITOSANITARIOS EMPLEADOS PARA LA PROTECCION, CRECIMIENTO Y DESARROLLO DE LOS CULTIVOS. REGIMEN."
El proyecto de ley fue tratado de modo ultra exprés en forma secreta y a puertas cerradas en conjunto por las Comisiones de Agricultura y Comercio de la Cámara de Diputados de la Nación en sólo dos reuniones conjuntas, la primera el 28 de Octubre de 2014 y  la segunda, el último Martes 4 de Noviembre, en la que se le habría dado el visto bueno al proyecto, para ser tratado en el recinto de la Cámara el próximo de 12 de noviembre de 2014.
Ante esta situación denunciamos un claro incumplimiento del trámite parlamentario por la omisión deliberada del giro del proyecto de ley y/o notificación a las Comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano.
Para ser registrados los biocidas deben ser previamente evaluados en su toxicidad a la salud humana y en su ecotoxicidad, procedimientos de evaluación que corresponde que sea tratado por las Comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, con la participación de la ciudadanía afectada, las organizaciones de la sociedad civil interesada y los profesionales independientes que conocen y trabajan en esos temas.
El proyecto de ley en su artículo 4 en el inciso a) prescribe que el Estado Nacional a través de sus organismos competentes deberá entender en el establecimiento de objetivos y políticas, impulsando el uso racional de los productos fitosanitarios, y la incorporación de tecnologías adecuadas para minimizar toda clase de riesgos para la salud humana y para el normal funcionamiento de los ecosistemas y el ambiente en general.   En el inciso g del mismo artículo establece: promover, a través del sistema de salud, la capacitación y actualización del personal médico rural, emergentólogos y toxicólogos sobre productos fitosanitarios.
En el art 6 en relación a la autoridad de aplicación señala que deberá establecer las pautas que deben imponer las normas de almacenamiento y depósito de productos fitosanitarios, a ser dictadas en cada jurisdicción, de modo que se eviten al máximo los riesgos para la salud humana y animal y para el normal funcionamiento de los ecosistemas en general.
El art 19 refiere que las Autoridades Competentes Jurisdiccionales arbitrarán los medios para el control de la aplicación y uso de los productos fitosanitarios, a fin de prevenir los posibles riesgos a la salud humana e impactos negativos sobre el ambiente, sin perjuicio de las demás acciones correspondientes a sus competencias propias.
A su vez el art. 30 dispone que todos los residuos, sobrantes y envases de productos fitosanitarios deberán ser gestionados de manera de evitar daños al ambiente y la salud, priorizando su valorización en los casos en que sea factible, y respetando lo establecido en las normas vigentes sobre la materia en cada jurisdicción.
En virtud de lo expuesto es claro que el trámite parlamentario involucra a la comisiones de Acción Social y Salud Pública, y Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano conforme a la distribución de competencias en el funcionamiento del trámite parlamentario-
El art Artículo 71 del reglamento es claro “Compete a la Comisión de Acción Social y Salud Pública dictaminar sobre todo asunto o proyecto referente a la legislación sobre salubridad: individual, pública o social, considerando la medicina asistencial, preventiva y social; así como con lo relacionado a la salud colectiva y lo referente a subsidios o subvenciones a hospitales, asilos, colonias e instituciones nacionales, provinciales, municipales o particulares con actividades inherentes a los fines especificados en este artículo y sobre cualquier otro proyecto de legislación especial o investigación sobre estas materias y todo lo relativo a beneficencia en general.”
Por su lado el articulo 91 en relación a lo ambiental señala que “Compete a la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano dictaminar sobre todo asunto o proyecto vinculado con el aprovechamiento racional e integral de los recursos naturales y con la conservación o la contaminación ambiental.”
Asimismo se ha omitido una instancia de participación ciudadana en el contexto de una problemática socioambiental como lo es el uso y aplicación de agrotóxicos a gran escala y cielo abierto en la actividad agrobiotecnológica.
El tratamiento de este proyecto de ley sin la participación en su elaboración y tratamiento en comisión de los sectores sociales involucrados y afectados por las consecuencias adversas y graves de la actividad agrobiotecnológica  a la salud y biodiversidad, como así también, de investigadores independientes, organizaciones no gubernamentales, especialistas en salud y medio ambiente y altas casas de estudios, vulnera el derecho a la participación ciudadana, derecho de raigambre constitucional.- Se ha soslayado abiertamente que la Ley General del Ambiente (LGA) 25675 consagra la participación ciudadana como un objetivo de la política ambiental nacional: fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión (Art 2 inc. C LGA). Y este cuerpo deliberativo debe ajustar su proceder a ese mandado surgido orgánicamente de su misma voluntad soberana. Tal palmaria omisión imprime de ilegalidad, ilegitimidad, inoportunidad e ineficacia al proyecto de ley que nos ocupa.
La audiencia pública está prevista expresamente en el trámite parlamentario en el art 114 bis del reglamento que dispone que las comisiones podrán realizar audiencias públicas y abrir foros y video-chat de debates virtuales con la finalidad de conocer la opinión de la ciudadanía en general, personas jurídicas y de carácter público o privado y organizaciones de la comunidad, sobre materias de su competencia. Si bien es cierto que la celebración de esa instancia es una facultad de la respectiva comisión, no menos cierto es que esa facultad preexistente a la reforma constitucional del año 1994, con esta última, ha devenido en una obligación a los poderes del estado, al establecer los lineamientos de una democracia participativa, justamente en un ámbito de debate ciudadano por excelencia.
Y en ese sentido debe tenerse presente que la participación ciudadana es una herramienta de política y gestión ambiental, que ha sido regulada en el derecho nacional que la consolida como un derecho en los artículos 18 a 21 de la ley 25.675.  En este marco, la legislación vigente prevé que “Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente” (art. 20 ley 25.675). Es decir hay un mandato legal, por cuando la ley menciona a las autoridades, refiere a TODAS, incluidas las representativas.
Asimismo no hay excusas validas para aceptar la negación de tamaño derecho que deviene inequívocamente del ejercicio democrático, al debate pueden y deben acudir y participar todos los sectores involucrados, por que las leyes son para todos. No debemos olvidarnos, aunque es una conducta consuetudinaria, que el fin del estado y al cual debe ajustarse este poder representativo, es el Bien Común. Y no es justamente esta práctica privativa y secreta de las Comisiones de Agricultura y Comercio cercenando la participación ciudadana en el trámite parlamentario el camino viable para el logro de ese fin preambular. Deben saberlo legisladores, el fin del estado: ES EL BIEN COMUN, que solo y necesariamente se construye en un debate abierto con un llamamiento transparente a puertas abiertas a toda la ciudadanía, sin hipocresías y ocultamientos, Y NO A PUERTAS CERRADAS Y EN SECRETO.
Como adelantamos, son muchos los actores los que se encuentran comprendidos en la problemática que el proyecto de ley trata de regular, no solo involucra a las grandes corporaciones multinacionales biotecnológicas, principales interesadas en incrementar irracionalmente sus ventas de agrotóxicos sin medir los impactos en la salud humana y el ambiente, SINO PRINCIPALMENTE las personas de barrios aledaños a los predios donde se aplican los agrotóxicos, alumnos y docentes de escuelas rurales, vecinos de pequeñas poblaciones y asentamientos ruraleslos trabajadores y peones de campo afectados por la exposición crónica a los agrotóxicos aplicados en forma terrestre o aérea y a los propios consumidores expuesto al consumo de alimentos con residuos de agrotóxicos, la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, las Cátedras y científicos de las distintas universidades públicas del país, la Red de Abogados de Pueblos Fumigados, y decenas de organizaciones y colectivos sociales que también quieren ser escuchados para informarlos de una problemática ambiental y de salud pública que ha sido sistemáticamente invisibilizada por los grandes medios de comunicación, y claro que también por varios poderes representativos y ejecutivos provinciales y comunales. No sean Uds. también actores de esa invisibilizacion.
Cuál es el miedo que tienen de escucharnos? Acaso que se les diga cómo han aumentado los casos de cáncer, abortos espontáneos, malformaciones congénitas en las aéreas poblacionales expuestas a los agrotóxicos? Acaso como se omite analizar por la autoridad de aplicación los riesgos carcinogeneticos, cenotóxicos y otros tantos de los agrotóxicos? o bien como están desapareciendo las abejas y centenares componentes de la microfauna de la faz de la tierra a causa del uso de los agrotóxicos?  que los alimentos que todos llevamos a nuestras mesas tienen más residuos de pesticidas de lo que está normado, y que nuestras normas son mucho más permisivas que las de otros países? !ue les informemos que todos tenemos pesticidas en sangre? Que las mamás lactantes les transfieren pesticidas de su leche materna a sus bebés cuando los amamantan?
No nos pueden proponer desde este lugar basal de la democracia una parálisis de la participación ciudadana. Tenemos la plena legitimación para demandarla y reclamarla.
Por ello Sr presidente DENUNCIAMOS que el proyecto que nos ocupa adolece de vicios de legitimidad manifiestos y en aras de una democracia deliberativa genuina no debería ser tratada en la orden del día de la sesión a celebrarse el Martes 12 de Noviembre de 2014, en virtud de un manifiesto incumplimiento del reglamento de Trámite Parlamentario por omisión de la participación ciudadana y de  la intervención en su tratamiento de las Comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano atento a sus respectivas competencias.
Por último, señalamos que en cuanto al texto del proyecto corresponde apuntar sucintamente que se muestra abiertamente precario e improvisado y delata un claro desconocimiento técnico en la materia. Su enfoque es utilitarista y pretende relativizar, diríamos mejor IGNORAR, la entidad relevante de los efectos adversos nocivos significativos en la salud y el ambiente que conlleva el uso y aplicación  de agrotóxicos en el proceso productivo. Resulta imprescindible que los profesionales de la medicina, biología, bioquímicos, ingenieros agrónomos, agroecólogos, científicos, abogados y las universidades públicas sean escuchados.
El proyecto parte de una malintencionada denominación de los productos agroquimicos a los que designa con el carácter de "fitosanitarios" cuando ninguno de los que son de uso corriente y masivo en la actividad agrobiotecnológica - y que se pretenden regular -, pueden ser cobijados bajo ese concepto, dado su carácter de biocidas. Asimismo no refiere en ninguno de sus artículos a la necesaria protección y resguardo de la población, establecimientos educativos rurales, ambiente y biodiversidad (centros apícolas, cursos y espejos de agua, producción agroecológica) del impacto ambiental de las aplicaciones terrestres y aéreas de agrotóxicos.
En conclusión, consideramos que debe haber un debate de base que maliciosamente las Comisiones de Agricultura y Comercio han omitido, debe escucharse a todos los colectivos y profesionales, no se concibe esta proposición de anarquizar la participación ciudadana en pos de agilizar un trámite parlamentario a fin de beneficiar a los agentes de los agronegocios en desmedro de la salud pública y el ambiente.   
Una buena ley es la que se debate y se construye con la participación de todos los sectores, eso hace a la búsqueda de un mayor valor epistémico de la democracia como nos proponía el jurista Carlos Santiago Nino. El proyecto de ley que se pretende aprobar es una pobrísima expresión democrática y una solida representación de la connivencia repugnante de ciertos representantes del pueblo con las grandes corporaciones económicas.
Y en este contexto político actual donde se pregona tanto la democratización de todos los estamentos sociales, de los medios de comunicación, de la justicia, etc, también exigimos que se democratice el debate sobre esta agricultura sometida a los agrotóxicos como única opción viable sin reparar en lo mas mínimo en la salud humana, el ambiente y la biodiversidad; ello, no solo por las actuales generaciones sino también por las futuras que demandaran las omisiones e indiferencias de esta sociedad, las propias y vuestras – como representantes del pueblo-. Nosotros cumplimos en solicitar y exigir sin renunciamientos el debate en una audiencia pública, queremos que se nos escuche,  resta ahora que Uds., Diputados de la Nación, les cumplan oportuna y eficazmente.

                                                                            Luis Fernando Cabaleiro
                                                                    Abogado (UBA) CPACF T°73 F°685

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