Alma de Nogal : Los Chalchaleros

lunes, 4 de junio de 2018

Ordenan reparar a comunidades indígenas afectadas por aspersiones aéreas con glifosato. https://canal1.com.co

Ordenan reparar a comunidades indígenas afectadas por aspersiones aéreas con glifosato

31-May-18


Al fallar una tutela la Corte Constitucional ordenó al Gobierno determinar en un máximo de tres meses el daño que se le causó a seis comunidades indígenas del país, con el uso del programa de erradicación de cultivos ilícitos con aspersión aérea.
Indicó el alto tribunal que se logró demostrar que entre los años 2011 y 2013 se realizaron cinco aspersiones aéreas con glifosato cerca a las comunidades indígenas, ubicadas en los municipios de Orito y Puerto Caicedo en el departamento de Putumayo y las cuales afectaron sus “cultivos de alimentación”.
Señaló la corporación judicial que se evidenció el daño causado, por lo que se hace necesaria una reparación por parte del Estado, advirtiendo para ello que el Gobierno está en la obligación de “consultar a las comunidades para definir las aéreas que deberían ser excluidas de las aspersiones aéreas” y así evitar vulnerarles sus derechos.
Afirmó que, “la consulta previa es un derecho fundamental de cada comunidad étnicamente diferenciada, la cual se debe tener en cuenta para la prevención de afectaciones”.
“Las comunidades tienen derecho a ser consultadas sobre las actividades de aspersión que los afecten, (…) este derecho cubre a todas las comunidades indígenas”, añadió.
De ahí que se advirtiera al Gobierno nacional que en caso de reanudar procesos de erradicación de cultivos ilícitos en los municipios de Orito y Puerto Caicedo, con cualquier sustancia tóxica, “estos solo podrán ser desarrollados previa autorización de la autoridad ambiental”.

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