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El TUE obliga a compartir información sobre repercusiones de pesticidas como el glifosato
http://www.ecoticias.com/sostenibilidad/129614/TUE-obliga-compartir-informacion-repercusiones-pesticidas-glifosato
En el segundo, la autoridad holandesa para la autorización de productos fitosanitarios y biocidas limitó el acceso a la mitad de sus documentos a una asociación al entender que vulneraba el derecho de autor y la confidencialidad de la información comercial o industrial.
En el segundo, la autoridad holandesa para la autorización de productos fitosanitarios y biocidas limitó el acceso a la mitad de sus documentos a una asociación al entender que vulneraba el derecho de autor y la confidencialidad de la información comercial o industrial.
Enviado por: ECOticias.com / Red / Agencias
Fecha de publicació: 24/11/2016, 14:46 h | (7) veces leída
Fecha de publicació: 24/11/2016, 14:46 h | (7) veces leída
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este miércoles que es obligatorio facilitar a las personas u organizaciones que lo soliciten el acceso a documentos que contienen información relativa a las repercusiones del uso de pesticidas como el glifosato en el aire, el agua, el suelo o las plantas.
La sentencia resuelve así dos casos en los que se había solicitado documentación sobre las autorizaciones de comercialización de dos pesticidas, pero esta había sido denegada parcialmente. En el primero, la Comisión Europea denegó a las asociaciones Stichting Greenpeace Nederland y PAN Europea el acceso a una parte la autorización del glifosato, alegando que estos documentos contenían información confidencia.
En el segundo, la autoridad holandesa para la autorización de productos fitosanitarios y biocidas limitó el acceso a la mitad de sus documentos a una asociación al entender que vulneraba el derecho de autor y la confidencialidad de la información comercial o industrial.
En ambas sentencias, el TUE ha concluido que el concepto de "emisiones en el medio ambiente" incluye, en particular, la liberación de productos o sustancias siempre que sea efectiva o previsible en condiciones normales o realistas. Así, se limita a las emisiones procedentes de instalaciones industriales, sino que incluye también las resultantes de la pulverización de un producto en el aire o de su aplicación en plantas, en el agua o en el suelo.
Por ello, el tribunal apunta que limitar esta información sería contrario al objetivo perseguido por la normativa comunitaria que persiguen que "la divulgación de la información medioambiental sea lo más amplia posible".
El dictamen, además, confirma que entra en el ámbito de la legislación europea no sólo la información referente a emisiones efectivas, sino también la información con respecto a las emisiones previsibles de este producto en el medio ambiente.
En cualquier caso, el TUE precisa que queda excluida del concepto de información sobre emisiones en el medio ambiente la referente a las emisiones meramente hipotéticas.
La Comisión Europea ha reaccionado a esta sentencia pero se ha limitado a señalar que se trata de un dictamen "muy complejo". "Estudiaremos el dictamen", ha asegurado en rueda de prensa el portavoz del Ejecutivo comunitario Enrico Brivio, quien ha recordado que Bruselas "está a favor de la transparencia".
ep
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