Alma de Nogal : Los Chalchaleros

miércoles, 1 de febrero de 2017

Rigen cambios en Ganancias, pero aún no pueden aplicarse todas las deducciones.Silvia Stang

Rigen cambios en Ganancias, pero aún no pueden aplicarse todas las deducciones

No es posible informar los alquileres ni otros gastos; a los jubilados les descontaron de más, pero lo compensarán este mes

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LA NACION
MIÉRCOLES 01 DE FEBRERO DE 2017
Los recibos de sueldo de enero están reflejando los efectos de la aplicación del nuevo esquema del impuesto a las ganancias, aunque todavía no se aplica en su totalidad. La ley 27.346, aprobada en diciembre, dispuso varias modificaciones, que hacen que este año tributen quienes perciben una remuneración bruta de al menos $ 27.934 en el caso de no tener deducciones por familiares. Para asalariados con dos hijos a cargo, el menor salario alcanzado es de $ 32.462. Y si además de dos hijos el empleado puede deducir a su cónyuge (la persona no debe tener ingresos propios) se tributa a partir de un sueldo mensual de $ 36.953.
Para algunos empleados, éste es el segundo mes por el que se les aplican los nuevos valores del impuesto. Esto es porque Ganancias se paga según el momento en que el trabajador recibió su salario. Si se cobró lo correspondiente a diciembre en enero, entonces sobre esos ingresos ya rigió el esquema modificado. Pero en la práctica, muchas empresas no llegaron a calcular en ese momento el impuesto según la nueva ley. Y entonces se hace ahora -con el pago de enero- la compensación. En esos casos hay que tener en cuenta que lo que se descuenta este mes será entonces inferior que lo que se tributará en los próximos meses, según aclararon varias fuentes.

¿ Cómo impactará el tributo? Para un soltero con un sueldo bruto de $ 30.000, la carga mensual será de $ 100,50. Otro ejemplo: un empleado con una remuneración de $ 50.000 y con deducción por dos hijos (deben ser menores de 18 años o incapacitados para el trabajo) tributará, por mes, $ 2740,95. Si, además de dos hijos, deduce pagos al personal de servicio doméstico por el máximo permitido ($ 51.967 para todo el año), el importe se reducirá a $ 1647,50. Y si también aplica una deducción por alquiler de vivienda, el descuento por Ganancias disminuirá a $ 767,15.
La posibilidad de deducir un monto por alquiler (que implica descontar del ingreso imponible el equivalente al 40% de lo pagado, hasta $ 51.967 al año) es un derecho previsto en la ley pero que aún no puede ejercerse. La AFIP tiene pendiente la actualización del formulario 572 para incluir allí ese concepto. Lo mismo ocurre con las deducciones por horas extras y viáticos.
Cuando esté disponible el formulario, podrán informarse deducciones por meses pasados. Más allá de los tiempos de la implementación, el derecho a deducir rige por todo el año. Y entonces, habrá una compensación si en los primeros meses se pagó impuesto de más.
El aguinaldo sigue gravado, pero ahora las empresas, al calcular el descuento, deben sumar al salario de cada mes una doceava parte de ese ingreso. Así, el impuesto correspondiente al sueldo anual complementario se cobrará distribuido en los doce meses. "Esto evita saltos en el impuesto; financieramente a la persona no le conviene [empieza a tributar por un ingreso que aún no percibió], pero hay un efecto psicológico", dijo el contador Sebastián Mancuso, de GNP Consultores.
Entre los jubilados, Ganancias alcanzará a quienes tienen un haber mensual de al menos $ 33.966 (hay algunas excepciones, como quienes pagan Bienes Personales, salvo que el impuesto los alcance por su vivienda). Pero en enero, la Anses aún aplicó el esquema que estaba vigente durante 2016 y, así, cobró impuesto de más. Según el organismo, la compensación se hará con los haberes de febrero.

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