Un fallo ejemplar en materia precautoria contra las fumigaciones con agroquímicos
El juez de Instrucción N° 1, Eduardo García Jurado, resolvió de manera ejemplar en materia de precaución ambiental contra las fumigaciones con agroquímicos.
El fallo judicial se emitió el 7 de diciembre en el marco de la causa N° 64.342 y sus acumuladas 65.690/66.615, caratuladas: “Kneeteman, Rubén Cayetano su denuncia” a raíz de una fumigación que se realiza con agrotóxicos en una finca ubicada en Larroque. La denuncia fue realizada por el docente Rubén Cayetano Kneeteman por la fumigación del campo lindante a su domicilio ubicado en Larroque, “no respetando los límites impuestos por ley y ordenanzas municipales”. En la denuncia aclaró que “no hubo una manifestación expresa de afectación a la salud de su familia (integrada por su esposa y cuatro hijos de 14, 10, 6 y 3 años. Pero se trata de un compuesto persistente y por eso la Justicia a pesar de no encontrar un daño concreto, archivó la causa de manera parcial no cerrando el asunto en absoluto. Los resultados periciales ordenados por el juez de Instrucción fueron realizados por la División Química Forense y Toxicología de la Dirección Criminalística de la Policía de Entre Ríos, quienes detectaron “en las muestras de tierras y vegetales la presencia de insecticida Endosulfan”. El juez razonó que si bien no se pudo acreditar un hecho punible, “las consecuencias lesivas, máxime en materia de contaminación ambiental, muchas veces tardan en ser detectadas. Y es por ello que reafirmamos que el archivo parcial puede en el futuro reabrirse de surgir síntomas, patologías demostrativas de la causalidad y resultado”. García Jurado se toma de la jurisprudencia de la causa “Fornari, Osvaldo Rafael” y sostiene que “los avances científicos y tecnológicos aplicados a la producción agropecuaria han producido resultados positivos, empero, también causan problemas ambientales, afectando la salud y la biodiversidad”. “Si bien no se acreditó en el caso que nos convoca, las consecuencias sobre la salud de los seres humanos y toda la cadena que conforma nuestro habitat terrenal, puede correrse peligro si dicha producción con uso intensivo de agroquímicos, no tiene un constante y permanente control. Vivimos en una sociedad de riesgo, pero ésta no puede habilitar ninguna actividad que causa un mal mayor, reitero, en la salud de los seres humanos”, sostuvo el juez. “Los mayores peligros para el hombre actualmente, no son los provenientes del mundo de la naturaleza, sobre los que se han logrado cierto control y previsibilidad, son los originados por el hombre en su afán de mayor lucro. La ciencia económica ha dado suma relevancia al concepto y cálculo del riesgo estimando costos y beneficios en función de los riesgos a asumir, no obstante, se impone la lógica autoritaria de la empresa y la lógica desigualitaria del mercado”, indicó el juez citando a Luigi Ferrajoli en su obra “Corrupción y Estado de Derecho” (Editorial Trotta, Madrid, 1996.). Por eso el fallo es ejemplar, porque hace prevalecer el criterio precautorio ambiental, adhiriendo también al concepto “de umbral de catástrofe, ante la avaricia que motoriza las decisiones”. “No podemos, en una sociedad democrática, aceptar la lógica autoritaria de la empresa y la lógica desigualitaria del mercado”, sostuvo García Jurado. En diálogo con EL ARGENTINO, el denunciante Rubén Cayetano Kneeteman expresó su beneplácito por la medida adoptada, porque el archivo parcial implica que la Justicia deja una puerta abierta por la aparición de futuros daños y de ninguna manera el caso está cerrado. “La decisión de la Justicia me sorprendió gratamente, si bien ya habíamos familiarmente experimentado que no estábamos solos. Por ejemplo, el hecho de que el juez haya ordenado las pericias de alguna manera trasmitió que no estábamos desamparados frente a las fumigaciones con agrotóxicos”, indicó Kneeteman. “Y entendemos que este mensaje es un límite a la impunidad en que muchas veces se manejaron quienes fumigan campos”, concluyó.
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