El juez de primera instancia Carlos Héctor Alvarez, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal 11, falló en contra de la Desarrolladora San Benito S.A. (EIDICO) al rechazar la demanda instaurada por la empresa hace 5 años contra la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
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La empresa EIDICO apelará, pero este fallo de primera instancia merece ser celebrado.
Si bien la desarrolladora inmobiliaria sigue teniendo en su poder el boleto de compra-venta, la Justicia considera que no están dadas las condiciones para escriturar, avalando la decisión que tomó ADIF en el año 2010 a partir del reclamo de organizaciones de pueblos originarios. El organismo estatal había argumentado que “no estaban reunidos los requisitos indispensables para otorgar una escrituración válida”.
El fallo también también tomó en cuenta la problemática de acceso al lugar. Es que antes de su transferencia, las tierras en litigio eran la única manera de acceder vehicularmente a Punta Querandí. Al día de hoy, todavía no está claro cómo se reemplaza este ingreso, ya que el barrio privado San Benito no cedió la calle perimetral y no hay puente sobre el arroyo Garín. “La libre circulación de la población eventualmente afectada, es un derecho constitucional que el ESTADO debe garantizar conforme surge del art. 14 de la Constitución Nacional”, expresa el juez.
La demanda judicial en el Juzgado Civil y Comercial Federal 11 fue iniciada a fines de 2010 por EIDICO para lograr la escrituración de tierras que habían sido transferidas en abril de 2007 en una cuestionada operación de la ONABE (Organismo Nacional de Bienes del Estado). El boleto de compra-venta otorgado a CHILESPA S.A., quien cedió sus derechos a San Benito SA, incluía el sector conocido como Punta Querandí.
A partir del 2009, pese a no ser titular del inmueble, casi todas las tierras fueron destruidas por EIDICO (1500 metros de largo por 40 metros de ancho). La única excepción fue el pequeño sector de Punta Querandí, protegido con un campamento desde el 2010, el cual fue efectivo para frenar dragas y topadoras. Por el contrario, el “camino de la vía muerta” que dirigía a Maschwitz y Benavidez, fue desaparecido por la ampliación del Canal Villanueva para hacer la entrada náutica del barrio privado San Benito. Esta obra hidráulica (¿habrá tenido autorización de algún organismo?) continuó la primera extensión del Canal que había sido efectuada en el 2000 para hacer el ingreso al country Santa Catalina, emprendimiento que destruyó el sitio sagrado “Garín”, muy cercano y similar a Punta Querandí.
En sus considerados, el juez contempló las dos situaciones que fueron planteadas por vecinos, organizaciones indígenas y el Movimiento en Defensa de la Pacha: el uso de circulación que se le daba a las tierras del “camino de la vía muerta” y la existencia de un sitio sagrado de los pueblos originarios. Además, fue tenido el cuenta el “Amicus Curiae” presentado en septiembre de 2011 por el Servicio Paz y Justicia (SERPAJ) del Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, y la Fundación Eco Sur, quienes elevaron al magistrado el reclamo de vecinos y pueblos originarios.
“No se advierte (…) una decisión administrativa que decida concretamente sobre la existencia y dimensión de los sitios arqueológicos o religiosos denunciados y su proyección sobre la transferencia intentada, y lo que es sumamente importante también, si afectará la comunicación o traslado de las personas que utilizaban el terraplén por el que circulaba el ex ramal ferroviario”, expresa la sentencia.
Es muy valiosa la definición de “sitios religiosos”, ya que contempla una visión desde las cosmovisiones de los pueblos indígenas.
GOLPE INESPERADO
Durante todos estos años, distintos sectores gubernamentales desalentaban el reclamo de Punta Querandí argumentando que las tierras eran privadas y que sólo era cuestión de tiempo que la Justicia resolviera a favor de la empresa EIDICO.
El propio Jorge O’Reilly, en noviembre de 2014, en un diálogo con vecinos y militantes originarios del Movimiento en Defensa de la Pacha, se mostraba confiado de un resultado favorable aunque renegaba por la demora en la definición.
Decía O’Reilly sobre el predio en conflicto: ” Lo compramos, lo pagamos y ahora va a salir la sentencia de escrituración, que no la quieren hacer por una cuestión exclusivamente política, ¿por qué? Por los muchachos [del MDP] que no tienen de indios nada, lo único que tienen es una mezcla de bronca ideológica contra los barrios privados, contra la Iglesia, contra no sé”.
EL FALLO COMPLETO
Poder Judicial de la Nación
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