Alma de Nogal : Los Chalchaleros

lunes, 18 de abril de 2016

SE FORMULA OPOSICIÓN AL INTENTO DE PATENTAR EN ARGENTINA UNA PLANTA TRANSGÉNICA DE TOMATE. www.naturalezadederechos.org



    
Naturaleza de Derechos. 18 de Abril de 2016
SE FORMULA OPOSICIÓN
AL INTENTO DE PATENTAR 
EN ARGENTINA
UNA PLANTA TRANSGÉNICA
DE TOMATE



Este lunes 18 de Abril de 2016, en horas de la mañana, desde Naturaleza de Derechos presentaremos ante el Instituto Nacional de La Propiedad Industria de la Argentina (INPI), la oposición formal a la solicitud de patente por una planta transgénica de tomate, formulada por The Regents of the University of California (Junta de Gobierno de la Universidad de California).
Se trata una planta de tomate a la que se le inserta un transgén denominado BS2-X5. A esa simple innovación tecnológica,  la Universidad de California, pretende darle entidad de "invento" con el fin de reclamar la reivindicación de toda la planta y su fruto ante el INPI. Desde Naturaleza de Derechos calificamos ese proceder un abierto e inescrupuloso acto de biopirateria.
Cumpliendo con la normativa vigente, el INPI publicó en el boletín oficial el 24 de Febrero de 2016, la solicitud de patente de la universidad norteamericana, a fin de que en el plazo de 60 días, la ciudadanía en general formule las observaciones que considere pertinentes. Algo que Naturaleza de Derechos hará en el día de la fecha.
Debe advertirse, que en la Argentina no está permitido el patentamiento de plantas y procedimientos esencialmente biológicos. El artículo 6 de la ley 24481 (ley de patentes) es claro y excluye la patentabilidad a toda clase de materia viva y sustancias preexistentes en la naturaleza y establece que no se considerara invención toda clase de materia viva y sustancias preexistentes en la naturaleza. Luego, el decreto reglamentario 260/96 especifica que no se considerará materia patentable a las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos.
Recientemente la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la pretensión de Monsanto de patentar una molécula de ADN para ser insertada en una célula vegetal (que habia sido denegada por el INPI en los años 90), bajo el argumento de la normativa vigente y además también con una fundamentación ontológica elocuente, : "la naturaleza está estructurada como un lenguaje" que tiene quince mil millones de años. Ese lenguaje puede ser vislumbrado a través de la combinatoria pero no es susceptible de apropiación." Asimismo el tribunal consideró como no invención la simple incorporación de una molécula preexistente en una célula vegetal.
La formulación legal de prohibición fortalecida por la decisión de la justicia federal argentina, constituye el obstáculo irreductible a la indebida pretensión de la junta de gobierno de la Universidad de California, de patentar una planta transgénica de tomate.
En el resumen de la solicitud se explicita el alcance de la patente: Se provee semillas y plantas de tomate que comprenden el evento transgénico BS2-X5 y progenie de las mismas que comprenden este evento transgénico y el uso de tales semillas y plantas en la producción de frutos de tomate. Así pues, se refiere a plantas, semillas y cultivos de tejidos de tomate híbridos y no híbridos que comprenden el evento transgénico Bs2-X5, y a métodos de producción de una planta de tomate que se obtiene cruzando estas plantas entre sí o con otra planta de tomate, como una planta de tomate de otro genotipo. Además se refiere a semillas y plantas producidas mediante esta cruza. Además se refiere a partes de tales plantas, incluyendo el fruto y gametos de tales plantas.
El tomate que se pretende patentar lleva inserto un transgén identificado como BS2-X5 del cual se desconoce su verdadera interacción y no surge información científica alguna sobre dicho evento de transformación genética en la base de datos del Convenio de Diversidad Biológica (CDB)https://bch.cbd.int/database/; lo cual se explica, atento a que el órgano vegetal genéticamente modificado (OVGM) de marras es un experimento de una universidad de Estados Unidos, uno de los pocos países que no forma parte del CDB, por lo cual, no existe la obligación de registrar el evento transgénico.
No obstante, se advierte que en el proceso administrativo ante el INPI, no se evalúan los efectos en la salud humana, ambiente y biodiversidad del tomate transgénico cuya patente se reclama; esos análisis les corresponden a la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA) y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA),  dentro del marco del proceso de aprobación de  OVGMs.
Hasta el día de la fecha, en la Argentina, no se ha aprobado para su liberación y comercialización ningún tomate que contenga un evento de transformación genética, menos el BS2-X5, por no estar en la base de datos del CDB.  Sin embargo, ello no obsta a que exista en curso alguna solicitud de experimentación por algún otro de los 11 eventos de transformación genética que existen a nivel mundial en relación al tomate.
La situación de incertidumbre sobre la existencia de ensayos de tomate transgénico en la Argentina se despejara en el pedido general de información sobre los OVGM, que se encuentra en preparación  y se presentará, por Naturaleza de Derechos y otros colectivos socioambientales, en los próximos días ante el Ministerio de Agroindustria de la Nación.

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Como bien lo señala Edward Hammond el tomate es uno los cultivos más rentables de frutas y vegetales en varias partes del mundo, pero los recursos genéticos que confieren los rasgos claves de muchas de las nuevas variedades comerciales provienen principalmente de solo dos países, Perú y Ecuador.
Se trata de variedades autóctonas, desarrolladas durante años por campesinos y agricultores de pueblos originarios, que a la postre son analizadas por los investigadores de universidades norteamericanas como las de California y Florida, especializadas en biopirateria, para realizar a partir de ellas nuevas variedades y solicitar patentes, por ejemplo, sobre su uso como aditivo alimentario, como así también reivindicar variedades de tomate y métodos de fitomejoramiento diseñados para aumentar la dulzura mediante el incremento de la producción de componentes del sabor identificados en tomates autóctonos. Pero esas reivindicaciones se realizan sobre una materia claramente preexistente.
Este pedido de patente de la Universidad de California por el tomate transgénico ante el INPI que se denuncia e impugna, lamentablemente es un indicador de lo que puede suceder con otros cultivos de frutas y verduras.
El tomate es la primera victima porque es considerado planta modelo en razón de que su genoma fue secuenciado hace bastante tiempo. Tanto los amplios conocimientos como la importante existencia de variedades silvestres que hay del tomate, son el escenario ideal para los actos de biopirateria, como el de la Universidad de California, el cual no podemos minimizar ni ignorar, pues - para advertirlo con todas las letras - se trata nada mas ni nada menos que el intento de privatizar el genoma del tomate.
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También hay a otro dato relevante que debe considerarse: el tomate no esta protegido por el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, lo cual legitima su biopirateria.
En sintonía con su proceder, la Universidad de California no goza de buenos antecedentes en materia de objetividad en la producción de saberes y conocimiento científico y en la protección del ambiente y preservación de la diversidad biológica.
 Se trata de una entidad universitaria que posee vínculos muy estrechos con las grandes corporaciones biotecnológicas.  Si bien en su momento tuvo una fuerte disputa judicial con la multinacional Monsanto por la patente de una hormona de crecimiento bovino utilizada para aumentar la producción de leche en las vacas, tras un acuerdo judicial multillonario (de un pago adelantado de 100 millones de dólares) le puso fin a la controversia. Hoy la Universidad de California recibe un fuerte apoyo económico de la multinacional, a través del pago anual de 5 millones de dólares hasta el año 2023.
Actualmente la Universidad de California se ha constituido en un centro de eyección de reclamos de patentes biotecnológicas que intercambia proyectos de investigación al servicio corporativo  por financiamiento económico. Y a su vez, no escatima en censurar y proscribir todo proyecto de investigación científica que vaya en contra de los intereses de las empresas biotecnológicas.
Así les sucedió a los investigadores del Campus de Berkeley de la Universidad de California, Ignacio Chapela y Tyrone Hayes. El primero, reveló la contaminación del maíz nativo de México por el maíz transgénico de Monsanto y el segundo, reveló la entidad de disruptor endocrino del agrotóxico Atrazina, cuya patente pertenece a la corporación Syngenta. Ambos proyectos de investigación, cuyas conclusiones hoy son una verdad científica indiscutible, no fueron apoyados luego por la Universidad de California;  todo lo contrario, Chapela no pudo renovar la titularidad de cátedra y Hayes, si bien mantuvo su espacio en el campus de Berkeley, lo hizo con muy fuertes restricciones.
Por último, se apunta que tras un minucioso análisis de todas las solicitudes administrativas de patentes en tramite o concluidas ante el INPI que se relacionan con el tomate, se encontró un antecedente, en el cual, el organismo de contralor le concedió , en Agosto de 2003, los derechos de patente a la multinacional Unilever, por el procedimiento para manipular el aroma a uno de los frutos indispensables de la ensalada criolla.
La patente de Unilever por ese procedimiento de manipulación del aroma del tomate caducó el 4 de Noviembre de 2011, por falta de pago de las anualidades de la multinacional.
Ese antecedente, entre otros (los cuales iremos revelando) da cuenta de una política permeable del INPI a la concesión indebida e ilegal de patentes por plantas, en los últimos 10 años, siendo que hasta el año 2000, el mismo organismo estatal, había mantenido el criterio de denegación por idénticas solicitudes.
De hecho el rechazo de la justicia federal argentina a  la demanda judicial de Monsanto por el reclamo de patente de una molécula de ADN y la célula vegetal objeto de insercción , obedeció a una diligente actuación previa del INPI, que le denegó administrativamente la patente (en los años 90) y a posteriori - en la instancia judicial - interpuso un recurso de apelación  en razón de la sentencia adversa en primera instancia.
Que esa flexibilidad del INPI (desde el año 2003 en adelante), delata que el Estado Argentino ha sido cómplice del saqueo abierto a la polinización abierta tradicional admitiendo prácticamente un sistema de propiedad privada del fitomejoramiento, que no solo ha provocado un grave daño a las cualidades del tomate,  violando palmariamente el derecho a la alimentación adecuada, sino también, ha creado una situación de riesgo de pérdida irreparable de la soberanía alimentaria.
Sin perjuicio del marco gravoso descripto, se señala que todos las reivindicaciones otorgadas por el INPI en relación a las plantas, están siendo analizadas por Naturaleza de Derechos, una por una, con el fin solicitar su revocación judicial atento a su absoluta ilegalidad.
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