Una explosión de progreso medieval
Escrito por Dra Graciela Gomez*
Viernes 21 de enero de 2011
Luego de que la FM “La Uno” de Sancti Spiritu, provincia de Santa Fe, me pusiera al aire desde Capital Federal para hablar sobre la Ley 11.273 que regula el uso de agroquímicos en Santa Fe, las denuncias no se hicieron esperar.En cuestión de minutos el teléfono no dejó de sonar.
-“Qué ley aplica el presidente comunal Abel Fontela en Sancti Spiritu, si tengo el fumigador frente a mi casa en éste momento, cuando son ellos los que deberían dar el ejemplo” dijo una vecina denunciando lo que pasaba en ése momento en su barrio.
El presidente de la Cooperativa de Servicios de esa localidad, Edgardo Lanza, reconoció que el baldío propiedad de esa institución, cuyos pastizales se incendiaron por causas extrañas hace unos días y que está pegado al Barrio Cooperativa -“Es fumigado con Round Up por la comuna y siempre se lo mantiene cuidado”.
Los vecinos expresan que no hay ordenanza en la localidad conforme a la ley provincial citada y su decreto reglamentario N°552/97, por lo tanto se fumiga en cualquier lugar y al herbicida lo usan de matayuyos en veredas y baldíos. A ello debemos sumar la denuncia que motivó a la Comisión de Investigación sobre Agroquimicos a visitar la localidad por el acopio de bidones vacíos en pleno ejido urbano en mayo de 2009.
Nada se hizo desde entonces, el presidente comunal saliente jamás ejerció el poder de policía para dar fin a ése reclamo. El ingeniero Ruben Cavo de Sanidad Vegetal presente en ése informe de la Comisión es el mismo cuestionado hoy por el caso Ibarlucea.
En una entrevista realizada por La Uno, el ingeniero agrónomo señaló que “Hay que realizar un boicot a la comuna para que se cumpla la ley”cuando se le informó que nada ha cambiado en Sancti Spiritu desde aquella fecha.
El presidente de la Federación Agraria de Sancti Spiritu Abel Fontela, es también el presidente comunal actual. El mismo día que los vecinos denunciaban las fumigaciones, el se fotografiaba junto a Bussi y DeAngeli en el tractorazo de Rufino al que asistió acompañando el reclamo.
Otro vecino reclamaba por un bache en el medio de la calle Rivadavia casi esquina Juan B. Justo que cumplió un mes sin su reparación.Consultado al respecto el señor Fontela prometió traer un martillo percutor de Venado Tuerto para solucionarlo. Sin embargo el hueco, sigue allí.
Pero la gran sorpresa amén de lo que antecede , fue la denuncia de otro vecino, cuyas fotos ilustran el relato y evidencian que cada feudo tiene sus leyes propias, en Sancti Spiritu o en Ibarlucea.
- “Tenemos una estacion de servicio llamada Blanca, en pleno centro de la localidad de Sancti Spiritu, donde hay tres tanques aéreos con capacidad para miles de litros de gasoil cada uno. En en estos dias sumaron otro tanque .Todos estan ubicados en la playa de la estación”.-“ Mandé un correo al organismo de Energía de la Provincia informando la situación pero nadie me respondió. No se donde denunciar la locura que vivimos en este pueblo. Acá tenes plata y hacés lo que se te antoja” dijo resignado .
Continuó su relato diciendo “ Al tanque estaban soldándolo en un taller a 100 metros de la estación .Mire el óxido que tiene ,¿quién puede habilitar esto?” Agregó.
La Resolución S.E Nº 785/2005 creó el Programa Nacional de Control de Pérdidas de Tanques aéreos de almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados.Exige todo tipo de auditorías cuyos informes como mínimo deben seguir la seguridad que exige la Resolución SE 404/94 y Ley 13.660
La Secretaría de energía está facultada para éste tipo de denuncias más allá de las facultades de habilitación y poder de policía de las provincias y municipios.Está facultada también para ejercer el control sobre la seguridad de las bocas de expendio de combustibles, pudiendo disponer hasta el cese del funcionamiento y/o la suspensión del abastecimiento a bocas de expendio y/o almacenamiento ante la comprobación de infracciones.
Habría que consultar a las autoridades provinciales que no contestan ningún correo ,si la estación de servicio en cuestión cumple con cada requisito de las normativas concordantes como los exigidos por la Resolución SE Nº 1102/04 para establecimientos de tanques de almacenaje “No subterráneos” , a saber:
-a) Detección y reparación de daños producidos por pérdidas o derrames, b) Instalación a prueba de explosión c) recinto de contención de los tanques c) válvulas de presión y vacío o venteos según corresponda, d) distancia entre cada tanque.Esto entre otras cosas , ya que pedirle una Evaluación de Impacto ambiental es como un ADN desconocido en la provincia, porque ni las cerealeras lo realizan.
El caso de la estación de servicio es una bomba de tiempo, no importa si el lugar donde está instalada es de alto o mediano impacto ambiental y cómo afectaría a los vecinos un derrame accidental.
Las normas de expendió de combustibles , la Ley 24.051 sobre Residuos Peligrosos o el Artículo 41 de la Carta Magna Nacional, en cuanto a la protección del Ambiente parecen un formalismo, que no todos están dispuestos a cumplir.
Los mismos casos se repiten en San Lorenzo y en tantos pueblos donde hablar de más tiene sus consecuencias y para la prensa hablar de menos parece tener su gratificación. En San Eduardo y María Teresa el trabajo esclavo es pasado por alto y en todo aquel rincón de Santa Fe donde el señor feudal cierra la tranquera a lo primitivo. Anacrónicamente la ciencia le sirve para pasar del paleolítico al capitalismo salvaje en cuestión de minutos, donde lo aberrante es “natural” para que la ganancia sea absoluta.-
*Abogada (UBA)-Escribana (UNR)
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