Alma de Nogal : Los Chalchaleros

miércoles, 7 de noviembre de 2012

Pedidos de informe de la Antena del Club Carballino, Paseo de la Costa, Vicente Lopez ( ¿ Una antena en un Club, quien autorizó este desvío en la Ley? : Encima apunta al geriátrico, la Casa de Cultura y a los vecinos ...

                                            Mirá como apunta al geriátrico de Vicente Lopez



Pedidos de Informes




Vicente Lopez 26 de agosto de 2009.



Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dn. Rubén Vecci

S / D

AUTOR: BLOQUE COALICIÓN CÍVICA-GEN-PS.

TIPO DE PROYECTO: RESOLUCIÓN.

ASUNTO: SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO INFORME LISTADO DE ANTENAS DE TELEFONÍA CELULAR INSTALADAS EN EL MUNICIPIO, INDICANDO NOMBRE DE LA EMPRESA, UBICACIÓN, ZONIFICACIÓN Y SI CUENTAN CON HABILITACIÓN MUNICIPAL.

_______________________________________________________________

VISTO:

La preocupación sobre las antenas de telefonía celular instaladas en el Municipio.

CONSIDERANDO:

Que la instalación de dichas antenas se encuentra reguladas por la Ordenanza Nº 13397 y sus modificatorias, y por la Resolución Nº 900 de la entonces Secretaría de Política Ambiental del 20 de abril de 2005.

Que este Concejo Deliberante oportunamente aprobó la Resolución Nº 43/04 el 22 de abril de 2004, en la que se solicitó informes sobre las antenas instaladas, se requería conocer cuáles cuentan con habilitación municipal y si se habían labrado actas a aquellas que no contaban con la misma.

Que la inquietud planteada se mantiene a lo largo de los años, debiéndose tener en cuenta que la normativa no permite la instalación en las zonas identificadas como Residencial 1 (R1) y en la Zonificación Urbanización U11, luego modificada a RM1, RM2 y RM3, ni Urbanización Uso Específico (UE); y en el caso de la bonificación residencial (R2) requiere autorización expresa del Concejo Deliberante.

Que la existencia de antenas sin habilitación municipal constituye un hecho preocupante, teniendo en cuenta la existencia de una norma municipal en el año 1999, que ha sido tomada en cuenta por otros Municipios para dictar una norma similar, e incorporada a la Ordenanza Nº 14509 (Código de Ordenamiento Urbano) y establecido el pago de los Tributos correspondientes en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva sancionadas en ese mismo periodo; sin embargo, no se ha logrado hacer cumplir estrictamente la norma vigente.

Que es necesario tener conocimiento si las antenas instaladas que cuentan con habilitación municipal cumplen con los tributos establecidos y, en el caso de no haberlo hecho, si se han iniciado las acciones legales correspondientes.



Por todo lo expuesto, el BLOQUE COALICIÓN CÍVICA-GEN-PS presenta el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

1. Solicitar al Departamento Ejecutivo informe lo siguiente:

1. Listado de antenas de telefonía celular instaladas en el Municipio, indicando nombre de la Empresa, ubicación, zonificación y si cuentan con habilitación municipal.

2. En los casos de que no contaren con habilitación municipal, si se han labrado actas, indicando nº y fecha del acta, Juzgado actuante, si se ha dictado sentencia en los Juzgados de Faltas y si la misma se ha cumplido. En el caso de no haberse cumplido la sentencia, las razones que lo justifican.

3. En los casos que cuentan con habilitación municipal, si cumplen con el pago de los tributos municipales correspondientes, si poseen deuda y si se ha iniciado las acciones legales para el pago de los mismos.

2. El exordio forma parte de la presente.

3. De forma.

                                                                                          ***




Vicente López, 12 de Noviembre de 2010.



Sr. Presidente

Honorable Concejo Deliberante

Dn. Jóse Menoyo

S / D

AUTOR: VARIOS SRES/SRAS CONCEJALES.

TIPO DE PROYECTO: RESOLUCIÓN.

ASUNTO: SOLICÍTASE AL DEPARTAMENTE EJECUTIVO QUE INTIME A LOS PROPIETARIOS DEL EDIFICIO DE LA CALLE FRANCIA 2145 DE LA LOCALIDAD DE FLORIDA A RETIRAR EN UN PLAZO DE 30 DIAS LA ESTRUCTURA INSTALADA EN LA AZOTEA._________________________________________________________________


VISTO:



Visto la Ordenanza Nº 13.997 y la estructura existente en el edificio de la calle Francia 2145 de la localidad de Florida.

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza Nº 13.997 establece las zonas donde se permite la instalación de antenas de telefonía celular y los requisitos necesarios que deben ser previos a la instalación de las mismas.

Que dicha Ordenanza establece en el caso de la Zonificación R2 en su art 1º , que modifica el Código de Ordenamiento Urbano (Ordenanza N1 14509), que dicha instalación debe ser autorizada expresamente por el Concejo Deliberante y que la presentación al Honorable Concejo Deliberante para su consideración será acompañada de la pre factibilidad sobre la que hubiera informado el Departamento Ejecutivo en respuesta al trámite de Consulta Previa efectuado y del correspondiente Estudio de Impacto.

Que en el edificio ubicado en la calle Francia 2145 de la localidad de Florida, perteneciente a la Zonificación R2, se observa la instalación de una estructura para el emplazamiento de una antena de telefonía celular.

Que en el caso citado, este Concejo Deliberante no ha otorgado ninguna autorización expresa y no se ha cumplido con los requisitos previstos en la norma indicada ut supra para que este Cuerpo analice dicha solicitud.
Por todo lo expuesto, VARIOS SRES./SRAS. CONCEJALES presentan el siguiente:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN.

Artículo 1: Solicítase al Departamento Ejecutivo que intime a los propietarios del edificio de la calle Francia 2145 de la localidad de Florida a retirar en un plazo de 30 días la estructura instalada en la azotea.

Artículo 2: Que, en el caso de no cumplir con dicha intimación, el Departamento Ejecutivo disponga por las áreas correspondientes las medidas para proceder al retiro de la misma con cargo a los propietarios de las unidades del edificio.

Artículo 3: El exordio forma parte de la presente.

Artículo 4: De forma.

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