Aplicación de ley de Biocidas en arroceras
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Advierten que el Estado tiene responsabilidad por la demora
El director de la Asociación de Abogados Ambientalistas de Argentina, Mariano Aguilar, criticó al ministro Orban, quien dijo que a partir de ahora se aplicará la ley de Biocidas en las arroceras Cancha Larga y San Carlos instaladas desde hace años
El director de la Asociación de Abogados Ambientalistas de Argentina, Mariano Aguilar, criticó al ministro Orban, quien dijo que a partir de ahora se aplicará la ley de Biocidas en las arroceras Cancha Larga y San Carlos instaladas desde hace años
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A continuación, reproducimos la carta enviada a CHACO DIA POR DIA por el director ejecutivo de la Asociación de Abogados Ambientalistas de la República Argentina, doctor Mariano Aguilar:
“Responsabilidad por la demora"
“Hemos leído, no sin sorpresa, que a más de tres años de existir explotaciones de arroz, como las de Cancha Larga y San Carlos, recién ahora el Ministerio de la Producción del Chaco se ha decidido a cumplir con la ley.
Los artículos 11, 12 y 13 de la ley 25.675 Ley General del Ambiente, establecen muy claramente la necesidad de que “toda actividad que, en el territorio de la nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución.- …” (sic)
La decisión ahora implementada, de hacer un EIA sobre la actividad de estas explotaciones, no proviene de una acción de gracia de las autoridades, como aparece en los dichos del Ministro Orban, que pone en duda aún la nocividad de los agrotóxicos utilizados, sino que proviene, como ha quedado descripto, de una normativa legal que no se ha cumplido. Y desde allí, debe tomarse esta política que ahora se aplica.
Las consecuencias que acarrea esta seria y grave omisión de las autoridades, los convierte en responsables por la omisión de no haber aplicado la ley, y de no haber prevenido a la población, de posibles daños sobre su salud. Ello, aparece como incuestionable desde sus propios dichos, ya que recién ahora contemplan la necesidad de realizar sobre estas explotaciones, un estudio serio de impacto ambiental, ante las graves afecciones que padece la población.
Desde luego, esperamos que esta conducta sea a partir de ahora aplicada para cualquier actividad y cualquier explotación, ya que la demora solo convertirá a las autoridades en responsables y culpables de cualquier efecto dañino que se produzca sobre la sociedad.
El artículo 41 de la Constitución Nacional, es muy claro “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano…”; el Chaco es parte de la Nación, y no puede estar ajeno al goce de la aplicación derecho ambiental.
Todo esto, no significa negar la actividad productiva, solo que debe hacerse sin dañar el ambiente ni la vida de los ciudadanos. De eso se trata y pedimos se tenga presente”.
Dr. Mariano Aguilar
Director ejecutivo de AAdeAA
http://www.aadeaa.org.ar/
“Responsabilidad por la demora"
“Hemos leído, no sin sorpresa, que a más de tres años de existir explotaciones de arroz, como las de Cancha Larga y San Carlos, recién ahora el Ministerio de la Producción del Chaco se ha decidido a cumplir con la ley.
Los artículos 11, 12 y 13 de la ley 25.675 Ley General del Ambiente, establecen muy claramente la necesidad de que “toda actividad que, en el territorio de la nación, sea susceptible de degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de impacto ambiental, previo a su ejecución.- …” (sic)
La decisión ahora implementada, de hacer un EIA sobre la actividad de estas explotaciones, no proviene de una acción de gracia de las autoridades, como aparece en los dichos del Ministro Orban, que pone en duda aún la nocividad de los agrotóxicos utilizados, sino que proviene, como ha quedado descripto, de una normativa legal que no se ha cumplido. Y desde allí, debe tomarse esta política que ahora se aplica.
Las consecuencias que acarrea esta seria y grave omisión de las autoridades, los convierte en responsables por la omisión de no haber aplicado la ley, y de no haber prevenido a la población, de posibles daños sobre su salud. Ello, aparece como incuestionable desde sus propios dichos, ya que recién ahora contemplan la necesidad de realizar sobre estas explotaciones, un estudio serio de impacto ambiental, ante las graves afecciones que padece la población.
Desde luego, esperamos que esta conducta sea a partir de ahora aplicada para cualquier actividad y cualquier explotación, ya que la demora solo convertirá a las autoridades en responsables y culpables de cualquier efecto dañino que se produzca sobre la sociedad.
El artículo 41 de la Constitución Nacional, es muy claro “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano…”; el Chaco es parte de la Nación, y no puede estar ajeno al goce de la aplicación derecho ambiental.
Todo esto, no significa negar la actividad productiva, solo que debe hacerse sin dañar el ambiente ni la vida de los ciudadanos. De eso se trata y pedimos se tenga presente”.
Dr. Mariano Aguilar
Director ejecutivo de AAdeAA
http://www.aadeaa.org.ar/
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