Alma de Nogal : Los Chalchaleros

viernes, 29 de enero de 2010

MEDIO & MEDIO : PRESENTARON RECURSO DE AMPARO CONTRA ARROCERAS DEL CHACO ( Noticias que contienen Glifosato )

Presentaron recurso de amparo contra arroceras del Chaco
Escrito por Redacción
Viernes, 29 de Enero de 2010 10:22


Fuente : http://www.medioymedio.com.ar/nacionales/1548-presentaron-recurso-de-amparo-contra-arroceras-del-chaco.html

La hora de la justicia. Vecinos de las localidades chaqueñas de La Leonesa y de Las Palmas presentaron un recurso de amparo para que se prohíba “terminantemente” a las empresas San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A. fumigar/pulverizar cualquier tipo de agroquímicos durante esta campaña agrícola, y también hacia el futuro, tanto en forma aérea como terrestre. La presentación fue efectuada ante el Juzgado Federal de Resistencia el día 26/01/2010: Expediente 4/2010 - PJN - Secretaría Civil y Comercial Nº 10, " FERRAU, MARCO Y OTROS c/MUNICIPALIDAD DE LAS PALMAS Y OTROS s/AMPARO". Asimismo, la medida cautelar solicita se suspenda la extensión de la superficie de cultivo y la habilitación de tierras a dichos establecimientos y se revea la relocalización de ambos establecimientos.

La acción se promovió contra las municipalidad de Las Palmas y La Leonesa; el establecimiento arrocero San Carlos S.R.L., el establecimiento arrocero CANCHA LARGA S.A., contra Eduardo José Meistrich, Jorge Petruk; la Provincia del Chaco (Ministerio de la Producción – Dirección de Sanidad Vegetal -; Ministerio de Infraestructura y Medio Ambiente – Subsecretaría de Medio Ambiente; Administración Provincial del Agua (APA) y Ministerio de Salud Pública); los Servicios de Agua y Mantenimiento Empresa del Estado Provincial (SAMEEP) -por acción u omisión-; y al el Estado Nacional, por intermedio del Poder Ejecutivo Nacional, por la omisión en desarrollar políticas tendientes a la protección del Río Paraguay como de sus recursos en franca violación al Convenio sobre Conservación de los Recursos Ícticos en los Ríos Paraguay y Paraná aprobado por Ley Nº 25048, como así también en la omisión de proveer a garantizar las condiciones de biodiversidad en los denominados Humedales Chaco –Sitio Ramsar- de conformidad con la adhesión al Convenio Internacionales mediante Ley Nacional Nº 23919.
La presentación se justifica en las “características tóxicas y los efectos nocivos que generan los agroquímicos ( fertilizantes y plaguicidas) utilizados para las fumigaciones/pulverizaciones en perjuicio de la salud de los seres humanos, en especial los niños, del ambiente y la biodiversidad; teniendo en cuenta la cercanías de población urbana; la población rural que queda cercada por los establecimientos; el agua utilizada para consumo humano; cursos de agua utilizados para el consumo del ganado mayor y menor, y el riego de otros cultivos de productores del lugar; la afectación a medianos y pequeños productores de mandioca, batata, etc. y a zonas de gran importancia ecológica, como la Laguna El Palmar y que estos establecimientos están situadas en la zona de los Humedales Chaco – Sitio Ramsar”.
Los querellantes solicitaron al Juez –“con carácter de urgencia”-, decrete una medida cautelar innovativa (artículo 232 del Código Penal), a los fines de suspender terminantemente la fumigación/pulverización tanto en forma aérea como terrestre, en esta campaña agrícola y para el futuro en los establecimientos arroceros: SAN CARLOS S.R.L. y CANCHA LARGA S.A., con ningún tipo de agrotóxico, teniendo en cuenta las condiciones particulares del lugar, las características químicas y efectos nocivos para el ambiente, los seres humanos, la flora y la fauna, de los productos utilizados (Roundup – glifosato – endosulfan – metamidofos - picloran – clorpirifos y otros), considerados peligrosos a los efectos de la Ley Nº 24051 – Artículo. 2 – y enumerados entre las categorías sometidas a control Anexo 1 – Y4 – de la mencionada Ley.
Según la presentación, éstos ponen en riesgo la salud y la vida de las personas y en especial de los niños, que afectan las fuentes de aguas destinadas al consumo humano y de uso para otras actividades productivas de la zona; los cursos, canales, arroyos, riachos y ríos provinciales que atraviesan los cultivos de arroz o que están expuestos a los agrotóxicos al recibir los mismos por deriva, drenaje o a través de las napas subterráneas; que en su mayoría son afluentes del Río Paraguay; cuyas cuencas se hallan ligadas entre sí por puntos de transfluencias; poniendo en riesgo zonas de gran importancia ecológica como La Laguna El Palmar y el Sitio Ramsar - Humedales Chaco, cuyo límite Este está dado por los cauces de los Ríos Paraná y Paraguay, que separan las Provincias de Chaco y Corrientes, como asimismo Argentina de la República del Paraguay; que no se encuentra acreditado que dichos establecimientos hayan realizado los estudios de impacto ambiental y por lo tanto los trámites correspondientes a la Evaluación de Impacto Ambiental ( Art. 5 - Ley General del Ambiente), tanto para el emprendimiento productivo como para las obras de aprovechamiento y utilización del agua pública; ni que hayan dado cumplimiento a los requisitos exigidos a los generadores de residuos peligrosos según lo establecido por la Ley Nº 24051. Notificándose a los responsables de los Establecimientos Arroceros San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A. y demás propietario/s, arrendatario/s, usuario/s, poseedor/es y otros similares, que se encuentren explotando los predios rurales destinados al cultivo de arroz en la zona donde se ubican estos establecimientos, de la medida que disponga el Juez.

Palabras clave: chaco - arroceras - laleonesa - las palmas - amparo

MAS REPERCUSIONES :

Locales : Diario Norte

Analiza el Ministerio de la Producción las denuncias sobre aplicación de agrotóxicos en los cultivos



Viernes, 29 de Enero de 2010 - Publicado en la Edición Impresa


http://www.diarionorte.com/noticia.php?numero=43482

“El Ministerio de la Producción y todos los organismos relacionados con el control de agroquímicos siguen de cerca las acciones de los productores como así también de las empresas que se dedican a la venta, aplicación aérea y terrestre de agroquímicos y actúa cuando se violan los aspectos de la Ley de Biocidas 3.378 y su decreto reglamentario 454/89” dijo el titular de la cartera doctor Enrique Orban



a raíz de las distintas manifestaciones que se vienen sucediendo respecto del uso de agrotóxicos en toda la provincia en los distintos cultivos.
En las últimas semanas se produjeron presentaciones ante la justicia federal y provincial respecto de la fumigación en los arroceras ubicadas en el departamento Bermejo pero también en otras poblaciones del interior.
Ante una consulta, el doctor Orban destacó el funcionario que si bien todos tenemos que cuidar el medio ambiente, es necesario manejarse con la prudencia que exige cada caso para no perjudicar a ninguna de las partes, siempre cuidando la salud de la población y también de la flora y la fauna. Destacó que existen profesionales capacitados en cada zona pertenecientes al Ministerio de la Producción quienes informan y se estudian sus informes para actuar en consecuencia a través de la subsecretaría de Agricultura y la Dirección de Sanidad Vegetal. Destacó asimismo que se encuentra abierta la inscripción o reinscripción en la Ley de Biocidas de las empresas que se dediquen a la venta, aplicación aérea o terrestre de agroquímicos en todo el ámbito de la provincia. Dijo Orban que se aceptan todos los aportes pero se actuará con la mesura necesaria para actuar a partir de lo que decidan los técnicos en el marco de la ley y sin presiones de ninguna naturaleza.

Presentación ante la justicia

Un grupo de vecinos del Departamento Bermejo presentó días pasados un recurso de amparo ambiental con medida cautelar innovativa contra las municipalidades de Las Palmas y La Leonesa, solicitando que la justicia federal “prohíba terminantemente volver a fumigar en los establecimientos de dos arroceras ubicadas en la localidad de Las Palmas”. Asimismo, exigieron suspender la extensión de la superficie de cultivo y la habilitación de tierras a dichos emprendimientos.
La medida fue interpuesta ante el Juzgado Federal de Resistencia el pasado 26 de enero, a través del expediente 4/2010, en la causa caratulada como “Ferrau, Marcos y otros c/Municipalidad de Las Palmas y otros s/amparo”.
Según confirmaron fuentes vinculadas a los demandantes, son un total de doce vecinos los que presentaron a la Justicia Federal el recurso de amparo, entre ellos Laura Mazitelli, madre de un niño al que se le diagnosticó leucemina linfoblástica aguda cuando tenía dos años. Atendido en el Hospital Garrahan, los médicos le dicen que este tipo de leucemia es característico de las zonas donde se fumiga y pulveriza con agrotóxicos.
Entre las medidas que solicitan los interesados en el amparo, se cuenta el pedido de prohibición de volver a fumigar o pulverizar en los establecimientos de las arroceras San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A. durante la presente campaña agrícola y para el futuro, tanto en forma aérea como terrestre, con cualquier tipo de agroquímico. También exigen que “se suspenda la extensión de la superficie de cultivo y la habilitación de tierras a dichos establecimientos; y que se revea la relocalización de ambos establecimientos, considerando las características tóxicas y los efectos nocivos que generan los agroquímicos (fertilizantes y plaguicidas) utilizados para las fumigaciones y pulverizaciones en perjuicio de la salud de los seres humanos, en especial los niños, del ambiente y la biodiversidad”.
Entre los fundamentos, según el texto judicial, los vecinos se muestran preocupados ya que la actividad de las arroceras se desarrolla en las “cercanías de población urbana y de la población rural que queda cercada por los establecimientos”. Además, alertan sobre la utilización para la producción de agua para consumo y de cursos de agua utilizados para el consumo del ganado mayor y menor, y para el riego de otros cultivos de productores del lugar; de tal manera que se afecta a medianos y pequeños productores de mandioca, batata y otros cultivos en zonas de gran importancia ecológica, como la Laguna El Palma. Asimismo, advierten que estos establecimientos están situados en la zona de los Humedales Chaco (Sitio Ramsar).

La urgencia
Como complemento de la acción de amparo, los vecinos pidieron, con habilitación de días y horas, se decrete medida cautelar innovativa (de trámite urgente) a los fines de “suspender la fumigación y pulverización, tanto en forma aérea como terrestre, en esta campaña agrícola y para el futuro en los establecimientos arroceros San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A., con ningún tipo de agrotóxico, teniendo en cuenta las condiciones particulares del lugar, las características químicas y efectos nocivos para el ambiente, los seres humanos, la flora y la fauna, de los productos utilizados, considerados peligrosos a los efectos de la ley Nº 24051”.
Asimismo, los litigantes aseguran que “no se encuentra acreditado que dichos establecimientos hayan realizado los estudios de impacto ambiental ni los trámites correspondientes a la Evaluación de Impacto Ambiental (artículo 5 - Ley General del Ambiente), tanto para el emprendimiento productivo como para las obras de aprovechamiento y utilización del agua pública; ni que hayan dado cumplimiento a los requisitos exigidos a los generadores de residuos peligrosos según lo establecido por la ley Nº 24051”.
La acción de amparo ambiental y la medida cautelar innovativa fue promovida contra la Municipalidad de Las Palmas y contra el municipio de La Leonesa; además de los establecimientos San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A.. También está incluida en la demanda la empresa provincial Sameep, “y/o quienes resulten responsables, que por acción u omisión hayan contribuido a afectar la salud humana”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario