Desde el Frente Grande insisten
“HAY QUE OCUPARSE DE LA FALTA DE CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE BIOCIDAS”
Desde nuestro bloque legislativo nos hemos hecho eco, en forma permanente, de las denuncias de productores y pobladores de los pueblos lindantes con cultivos fumigados con herbicidas que causan daño a la salud de las personas, animales, cultivos y al ambiente. Hechos que lamentablemente siguen sucediendo en nuestra provincia del Chaco. En los medios locales se han publicado dos nuevas denuncias que dan cuenta de la situación por la que atraviesan los habitantes del departamento Almirante Brown y La Tigra puntualmente por la aplicación indiscriminada de agrotóxicos.
Por un lado un productor que perdió alrededor de 1.200 hectáreas sembradas de algodón en la zona de Los Frentones por el uso indebido de plaguicidas prohibidos, aparentemente por la sintomatología podría ser por la utilización de 2,4-D, producto que estaría prohibido su uso por ser sumamente tóxico y que habría sido aplicado según el denunciante por productores vecinos. Por otro lado la denuncia realizadas por pobladores de la Colonia Aborigen del Lote 12 de la Localidad de La Tigra y por la Red de Salud Popular “Ramón Carrillo” que denunciaron fumigaciones aéreas de agroquímicos sobre zonas pobladas de esta localidad el día 28 de diciembre del 2011, donde consta además una denuncia anterior por la cual una joven de 16 años tuvo que ser internada en reiteradas oportunidades por haber sido afectada gravemente por los agroquímicos con que se fumigaba frente a su casa.
Son dos denuncias diferentes pero que tiene un denominador común. Las aplicaciones indiscriminadas de agrotóxicos y la falta de control por parte de las autoridades provinciales. En ellas se relata la misma práctica sin control por parte de productores de cultivos transgénicos que fumigan agrotóxicos en forma aérea y terrestre y que fuera un reclamo generalizado durante las audiencias públicas realizadas por la Cámara de Diputados de nuestra provincia.
En ese marco planteamos desde el Frente Grande, la preocupación por la ausencia de controles por parte del Estado Provincial, quien no hace cumplir la ley de biocidas vigente y su decreto reglamentario, normativa que ya prevén este tipo de situaciones, establecen restricciones de distancia (1.000 metros) para la fumigación, prohíbe el uso del producto 2,4-D, regula la venta y almacenamiento de los agrotóxicos, entre otros. Situación que no es nueva y que fuera reconocida por el propio gobierno frente a denuncias anteriores. Además de solicitar la urgente actualización de la normativa vigente, para lo que desde el Bloque Legislativo Frente Grande hemos presentado distintas iniciativas, entre las que se destacan la ampliación de las distancias, acceso a la información ambiental y modificación en la forma de valuar la toxicidad de los productos. Además creemos muy importante debatir el modelo productivo, en una provincia donde existen numerosas familias rurales, pequeños productores, comunidades indígenas y colonias o pequeños poblados rurales que se encuentran expuestos a las amenazas ambientales, de salud, sociales y económicas que plantea el modelo de los agronegocios.
Rescatamos las recientes declaraciones del nuevo Ministro de Planificación y Ambiente, Raúl Codutti, quien plantea la necesidad de actualizar la ley de biocidas, la elaboración de un Código Ambiental y en todo lo que tenga que ver con la coordinación de las políticas ambientales y su ejecución por todas las áreas del gobierno, algo que hasta acá se encuentra ausente de las políticas públicas, pero solicitamos celeridad y prioridad para la definición y aplicación concreta de las políticas ambientales.
Estas nuevas noticias que citamos, han motivado la presentación desde nuestro Bloque Legislativo, de varios pedidos de informes con la finalidad de medir la intervención estatal, si la hubiera. Además creemos necesario reforzar la intervención del recientemente creado Ministerio de Planificiación y Ambiente y dotarlo de algunas nuevas facultades y funciones. Por ello es que presentamos el Proyecto de Ley Nº 30/12, que busca lograr “una mayor intervención en la preservación, conservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales, renovables y no renovables; la aplicación de la Ley 25.675 – Ley General de Ambiente –; la elaboración de un informe anual; propiciar programas y acciones de conciencia ambiental a través de políticas de educación ambiental y establecer procedimientos, protocolos y mecanismos para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental.”
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Diputado Daniel Trabalón y Diputado Fabricio Bolatti, -presidente- Bloque Frente Grande Legislatura del Chaco.
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1: Incorporase los incisos 18, 19, 20, 21 y 22 al artículo 26 de la Ley 6906 –de Ministerios-:
Artículo 26:
“…18) Intervenir activamente para promover la preservación, conservación, protección, defensa y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales, renovables y no renovables;
19) Desarrollar el control y fiscalización de la utilización racional y aprovechamiento de los recursos naturales, renovables y no renovables, en el marco del proceso de crecimiento compatible con la preservación del ambiente y en aplicación del Artículo 4 de la ley Nacional 25.675 –Ley General del Ambiente-;
20) Elaborar un informe anual de la situación ambiental provincial en forma coordinada con organismos nacionales, provinciales y municipales, debiendo presentarlo ante la Cámara de Diputados;
21) Propiciar programas y acciones de conciencia ambiental a través de políticas educación ambiental, tanto en el sistema educativo formal como en el informal, investigación científico-tecnológica, capacitación, formación y participación ciudadana;
22) Establecer procedimientos, protocolos y mecanismos para la minimización de riesgos ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental.”
Artículo 2: De forma.
FUNDAMENTOS:
La presente iniciativa tiene como objetivo ampliar el marco de facultades previstas por la nueva Ley de Ministerios al Ministerio de Planificación y Ambiente , en orden a precisar una efectiva participación del Estado en la cuestión Ambiental, promoviendo ampliamente la protección integral del Ambiente y en aplicación de la Ley Nacional 25675 –Ley General del Ambiente o de presupuestos mínimos en materia ambiental-, lo que claramente se traduce en bienestar para los ciudadanos y ciudadanas que habitamos nuestra Provincia.
Consideramos necesario hacer una mención expresa acerca de todo lo relativo a la protección, defensa y mejoramiento de los recursos naturales renovables y no renovables, así como la fiscalización estadual en lo que respecta a la utilización de estos mismos recursos. Se impone, a nuestro entender, como ejercicio pleno del derecho-deber del estado de proteger el ambiente, realizar las referencias propuestas en el texto, razón por la cual solicitamos el acompañamiento del Cuerpo para la aprobación de la presente iniciativa.
Entendemos que un diagnóstico actualizado sobre la situación del ambiente se impone, de igual manera que se informa periódicamente sobre los diferentes niveles de producción, debiendo ese diagnóstico formar parte de un informe anual para que la Cámara de Diputados.
Se incorpora como obligatoriedad del Ministerio de Planificación y Ambiente la tarea de ampliación de la conciencia ambiental a través de la educación, la investigación, la actualización y formación y la participación ciudadana.
Asimismo se asigna la tarea de prevención de riesgos ambientales en concomitancia con la legislación nacional, indispensable en la materia y que la Ley de Ministerios omite mencionar.
Por lo expuesto, solicitamos a la Cámara de Diputados el acompañamiento de la presente iniciativa.
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