Alma de Nogal : Los Chalchaleros

domingo, 10 de junio de 2012

TELAM: Por primera vez en Córdoba, juzgan a productores y pilotos por fumigación contaminante

10 de Junio - 17:51hs

Por primera vez en Córdoba, juzgan a productores y pilotos por fumigación contaminante


El primer juicio oral y público en Córdoba por fumigaciones con sustancias peligrosas para la salud, cerca de zonas urbanas, comenzará este lunes contra tres productores sojeros y dos aeroaplicadores, informó una fuente judicial.

El debate será en la Cámara Primera del Crimen de la capital cordobesa y, por decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), se unificarán dos causas similares.

A los imputados se los acusa de violación de la ley provincial de Agroquímicos 9164, que prohíbe precisamente la aplicación aérea de endosulfán o glifosato, en cultivos ubicados en proximidades de zonas pobladas.

En una de las causas están imputados los productores Jorge Gabrielli y Francisco Parra, junto al comerciante y piloto de avión Edgardo Pancello.

Fueron denunciados en 2002 por pulverizar con agroquímicos peligrosos campos aledaños al barrio de Ituzaingó, en la periferia sudeste de esta capital.

La otra causa iniciada en 2008, en los tribunales de la ciudad de Deán Funes, contra un productor rural y un aplicador aéreo, acusados de arrojar plaguicidas tóxicos en cultivos adyacentes al norteño pueblo de Villa de María de Río Seco.

Se trata de una de las primeras causas de estas características a nivel nacional y la primera en esta provincia.

La ley 9164 establece expresamente la prohibición de realizar fumigaciones con endosulfán a una distancia menor a 1500 metros de una zona urbana, y de glifosato a menos de 500 metros, por tratarse de químicos peligrosos para la salud.

La causa de 2002, se inició cuando un grupo de madres del barrio Ituzaingó denunció la existencia de numerosos casos de cáncer en esa zona periférica de la ciudad.

Esas mujeres aportaron una serie de pruebas y testimonios según los cuales, en años anteriores habían detectado que casi 200 personas habían contraído cáncer y cera de 100 habían fallecido como consecuencia de esa enfermedad.

En aquella oportunidad, y a raíz de los antecedentes recopilados, la Fundación para la Defensa del Ambiente (Funam) exigió que se investigara a todos los responsables y que se estableciera "la relación de causalidad entre las conductas denunciadas y el centenar de muertes registradas, como así también el impacto en la salud a casi 5000 vecinos del lugar".

Paralelamente, y a raíz de los estudios previos que la fiscalía de instrucción actuante ordenó realizar en organismos públicos, se detectó la existencia de tres posibles causas contaminantes.

En primer término figura la fumigación clandestina con agroquímicos peligrosos para la salud, el PCB de los transformadores instalados en ese barrio por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec), y el agua destinada al consumo humano contaminada por arsénico y plomo.

En los argumentos esgrimidos por la fiscalía a la hora de solicitar la elevación a juicio de la causa se sostiene que este peligroso cóctel contaminante dejó enfermos de leucemia, cáncer de próstata y otras enfermedades oncológicas y respiratorias.

Según lo confirmado a Télam por un vocero judicial, los productores Gabrielli y Parra están acusados como supuestos instigadores de contaminación ambiental con endosulfán y glifosato, mientras que al piloto lo imputan de la autoría del delito.

Respecto de la otra causa, el vocero agregó que se trata del piloto D.P.M., acusado de contaminación ambiental y del encargado del campo, V.A., por la misma figura, pero en calidad de partícipe necesario.

Asimismo, a mediados mayo pasado, el fiscal de instrucción Carlos Matheu ordenó abrir una investigación para saber si existe una relación directa entre la fumigación con plaguicidas peligrosos, tales como endosulfán y glifosato, y las muertes por cáncer registradas entre vecinos del barrio de Ituzaingó.

Para ello, resolvió imputar a los productores Gabrielli y Parra, por "contaminación dolosa", en el marco de la ley nacional de Residuos Peligrosos 24.051, que prevé penas de 3 a 10 años de prisión.

Sin embargo, en caso de establecerse que los plaguicidas utilizados tuvieron una incidencia directa en los casos fatales, la figura de "contaminación dolosa" sería agravada con "resultado de muerte", que contempla penas de 10 a 25 años de prisión.


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