Alma de Nogal : Los Chalchaleros

miércoles, 4 de julio de 2012

NOVEDADES EL TIGRE VERDE: Tigre. Villa Garrote. Denuncian epidemia de parásitos, HASTA los Glaciares Argentinos NO SE TOCAN...

La Corte Suprema de Justicia revocó las cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares.



El Máximo Tribunal dejó sin efecto las medidas dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido solicitadas por empresas mineras, entre ellas Barrick. De esa manera, la ley queda vigente, por lo que deberá hacerse un inventario de glaciares

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la llamada “Ley de Glaciares” en la provincia de San Juan y, en consecuencia, dicha norma queda vigente, por lo que deberá realizarse un inventario de glaciares en todo el país, entre otras cuestiones.

Se trata de medidas cautelares dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero Pascua Lama.
En concreto, las cautelares se referían a la definición de glaciar (art. 2), a la creación del Inventario Nacional de Glaciares (art. 3), a la realización de un inventario (art. 5), a la prohibición de actividades que impliquen la destrucción de glaciares (art. 6), a la obligación de realizar estudios de impacto ambiental (art. 7), y a la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley a una auditoría ambiental (art. 15).

Según el fallo de la Corte –firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda-, “la decisión en recurso suspende la aplicación de la ley con un fundamento contradictorio”.

“Ello es así porque para la adopción de esta medida el a quo sostiene que la ley contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, ‘crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas actoras’. Sin embargo, la medida cautelar, al suspender algunos de los artículos señalados, neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante”, agrega.


En efecto, indica la Corte, “el artículo 2º de la ley define el concepto de glaciar y ambiente periglaciar, estableciendo luego la forma de individualizarlos a través de la realización de un inventario. Una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por la ley”.

Por otro lado, el tribunal dijo que no se advierte cuáles son los “efectos irreparables” en los intereses de las empresas que advirtió el juez para suspender la aplicación de un régimen jurídico que busca preservar a los glaciares y al ambiente periglacial, como reserva estratégica de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas.
En ese marco, la Corte advirtió que “los jueces deben valorar de forma equilibrada los hechos del caso, así como las normas y principios jurídicos en juego, y resolver las tensiones entre ellos mediante una ponderación adecuada, que logre obtener una realización lo más completa posible de las reglas y principios fundamentales del derecho, en el grado y jerarquía en que éstos son valorados por el ordenamiento jurídico”.

“A la luz de los principios señalados, la medida precautoria dispuesta por el a quo no aparece como un remedio proporcionado a la naturaleza y relevancia de la hipotética ilegitimidad que se denuncia. Ello es así, no sólo por la falta de adecuación entre la violación constitucional alegada y las consecuencias de la medida dispuesta, sino también porque, en la tarea de ponderación, el juez debió haber tenido en cuenta que una cautelar que suspende la vigencia de la parte esencial de la ley 26.639 tiene una significativa incidencia sobre el principio constitucional de división de poderes, por lo que su procedencia, debió ser evaluada con criterios especialmente estrictos que no parecen haber sido considerados en el sub lite”.



Publicado por Ricardo Barbieri en 7/03/2012 05:57:00 PM Sin comentarios:

Etiquetas: Judiciales, Minería a cielo abierto

lunes, 2 de julio de 2012

Informe de la Comisión Asesora sobre la situación del río Luján

La Comisión Asesora del Comité de Cuenca del Río Luján elaboró un informe donde se detallan los distintos impactos negativos que recibe ese recurso natural desde su nacimiento en el partido de Suipacha. El trabajo reseña los inconvenientes registrados en cada uno de los distritos que atraviesa el río y, ante ese panorama, propone una serie de recomendaciones.

La mencionada comisión funciona desde fines del año pasado y está conformado por organizaciones e instituciones de Luján, Suipacha, Mercedes, Exaltación de la Cruz, Campana, Pilar y Escobar. El espacio se propone avanzar en “usos sustentables de la Cuenca del Río Luján”.

Como introducción al informe, se expone que además de dar a conocer los múltiples impactos de carácter negativo que se están produciendo sobre el río y sus humedales, se busca “poner de manifiesto la especial vulnerabilidad de este ecosistema frente a alguno de estos impactos”.

Como descripción general, se menciona que se trata de un río de llanura con escasa pendiente, cuyas aguas discurren lentamente con pocas posibilidades de oxigenarse. Esa característica, sumada al bajo caudal, hace que se reduzcan las posibilidades de degradar y diluir los contaminantes en forma aeróbica y rápida. Por eso “resulta usual que se produzcan lentos procesos de degradación anaeróbicos, con desarrollo de olores nauseabundos, donde la capacidad de auto depuración del río se ve fácilmente superada”.


Por otra parte, “el relleno de sus humedales para la construcción de complejos urbanísticos atenta contra la esencia misma de este ecosistema, que basa su funcionamiento en la presencia temporaria o constante de agua”. En ese sentido, la construcción de diques y otros desvíos produce “profundas alteraciones pues modifica el movimiento de nutrientes y energía o el desplazamiento de fauna, al tiempo que aumenta el riesgo de inundación de las áreas circundantes”. A su vez, “la extracción de tierra para esos rellenos elimina el manto protector de los acuíferos, con el consiguiente riesgo de contaminación”.

Los responsables del informe mencionan la existencia de especies exóticas que amenazan la biodiversidad de la zona, tal el caso de la acacia negra o la ardilla de vientre rojo.

En cuanto al impacto social que provoca el estado del río se recuerda que “mientras los beneficios económicos (de los emprendimientos urbanos, del ahorre de costes derivados de emitir efluentes sin tratar, etc.) se concentran en pocas manos, las externalidades ambientales las paga el grueso de la población, en especial las de bajos recursos que suelen ser las más vulnerables”.

Ante ese combo, el trabajo expresa que la actual situación refleja una evidente laxitud, cuando no connivencia, en el accionar del Estado “que ha permitido la caótica situación actual de la cuenca”.

En el caso puntual de Luján, el trabajo fija tres situaciones. En primer lugar se marca el impacto producido por los residuos industriales que se arrojan al río, en especial la siempre presente cuestión de la curtiembre Curtarsa. A esos líquidos se suman los residuos cloacales que terminan en el curso de agua, a la altura del barrio La Loma, sin recibir tratamiento previo desde fines de 2007.

En segundo lugar se pone la atención en las compuertas que interrumpen y alteran el caudal tanto en Jáuregui, a la altura del Club El Timón, como en la ciudad de Luján en cercanías del puente Brown. En ese caso, el informe marca la necesidad de evaluar el impacto que provocan esas construcciones en toda la cuenca del río.

En cuanto al vecino partido de Mercedes, el relevamiento enumera el impacto negativo provocado por distintas empresas que arrojan sus desechos líquidos al Canal 16. Así se menciona al frigorífico El Mercedino, la curtiembre Magromer y la textil Karavel. Sobre ese efluente que termina en el río se constató la existencia de “altísimas concentraciones de metales pesados, en particular cromo”. Por fuera de las actividades industriales aparece la mención de la existencia de sembrados hasta el borde del curso de agua, con la consiguiente utilización de agroquímicos que suman contaminación.

Por otra parte, se menciona al emprendimiento inmobiliario Altos de Mercedes, “asentado sobre planicie de inundación del río y arroyo Frías”. En tal sentido, se habla de “afectación de desagües naturales, yacimientos arqueológicos y Pleontológicos”.


RECOMENDACIONES

En la última parte del informe, la Comisión Asesora del Comité de Cuenca del Río Luján propone “implementar medidas que garanticen la protección de los humedales ya sea por aplicación de normativas internacionales, nacionales, provinciales y municipales existentes y/o creando las que sean necesarias”. Al respecto, el espacio inter organizaciones destaca la necesidad de lograr “a lo largo de la cuenca la unificación de ordenanzas que promuevan la protección de los humedales como prioridad”.

Por otra parte se habla de “proceder al efectivo control y fiscalización de los efluentes vertidos por industrias y plantas cloacales. Puntualmente se expresa la necesidad de incrementar las intimaciones por parte de organismos estatales como la Autoridad del Agua (ADA) y el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).

A su vez, los autores del informe destacan la necesidad de “promover acciones que favorezcan y premien la optimización del uso industrial del agua a través del reciclado, la reutilización, la reconversión tecnológica, el uso de diferentes calidades de agua según el proceso de destino, etc.”.

El cuarto y último punto recomendado se refiere a la realización de programas de educación ambiental (orientados a docentes) y también de divulgación masiva con el propósito de que se conozcan los valores ecológicos, económicos y sociales de los humedales, se identifiquen los impactos reales y potenciales que reciben y se promueva una cultura de cuidado de los mismos.

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Publicado por Ricardo Barbieri en 7/02/2012 11:06:00 PM Sin comentarios:

Etiquetas: Ríos y Arroyos

jueves, 28 de junio de 2012

El OPDS, clausuró dos granjas avícolas en Pilar.

El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires, OPDS, dispuso la clausura temporal parcial de dos granjas avícolas en el barrio Carabassa.

La cartera ambiental provincial, acudió a los establecimientos El Monte y Doña Queta, con el objetivo de realizar un relevamiento de sus instalaciones y de las condiciones de funcionamiento de los mismos.



Ambas granjas radicadas en el Partido de Pilar, no acreditaron en el lugar la documentación relativa a la gestión de residuos y manejo del guano, como tampoco el inicio de trámite para la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental.

Por lo tanto, ante las condiciones en que se encontraban funcionando y habiéndose comprobado técnica y fehacientemente la existencia de un grave peligro de daño inminente sobre el ambiente, el OPDS dispuso la Clausura Temporal Parcial de los establecimientos.

Mientras perdure la misma, las firmas tienen prohibido ingresar animales, quedando bajo la responsabilidad de las empresas los animales existentes dentro de los predios.

Cabe destacar que la fiscalización de los predios se realizó de manera conjunta con la Dirección de Zoonosis del Municipio de Pilar.


Publicado por Ricardo Barbieri en 6/28/2012 01:58:00 PM Sin comentarios:

Etiquetas: Inspecciones y Clausuras

lunes, 25 de junio de 2012

Tigre. Villa Garrote. Denuncian epidemia de parásitos.



Desde hace meses los pobladores de un asentamiento de Tigre, advirtieron la existencia de una gran cantidad de casos de “parásitos” en su comunidad estable. En función de ello denunciaron que existe una epidemia y exigen al municipio de Sergio Massa, que realice una campaña para desparasitar a una de las villas más pobre del partido.


Tigre - Villa Garrote - Vista satelital



La Villa Garrote, se encuentra enclavada en el centro de la ciudad de Tigre. La villa linda con el “Canal de San Fernando”, sin dudas uno de los cursos de agua más contaminados de la Argentina, el río Lujan y la calle Italia. Tiene una población de aproximadamente cuatro mil personas.

Como ocurre con la mitad de la población de Tigre, el barrio carece de agua potable y de cloacas. Esto último tiene como agravante, que la población de la villa, antes que recurrir a los pozos ciegos como lo ha hecho más del 80% de la población de Tigre, elimina los residuos cloacales a través de una precaria e improvisada red que desemboca directamente en el canal de San Fernando. Esta situación, provoca permanentes obstrucciones y rebalsados de de la red, hecho que convierte a la zona en una permanente bomba sanitaria. Si a lo dicho, le sumamos que el asentamiento carece de recolección diaria de la basura domiciliaria, comprobaríamos que estamos frente a una problemática ambiental y sanitaria de gravedad suma.


Villa Garrote - Fotos de Ricardo Barbieri


El asentamiento reconocido por técnicos en la materia, como uno de los más peligrosos de la zona norte, últimamente se hizo famoso porque allí se filmaron varias escenas de la serie de Canal 13 "El Puntero", que ganó el Martín Fierro de oro.

Desde hace meses los pobladores de la villa, advirtieron la existencia de una gran cantidad de casos de “parásitos” en su comunidad estable. En función de ello denunciaron que existe una epidemia y exigen al municipio de Sergio Massa que realice una campaña para desparasitar a una de las villas más pobre del partido.

El titular de Nuevo Tigre, Luis Cancelo, llevó la queja hasta el Concejo Deliberante del partido. Cancelo criticó a el municipio, por haber dado remedios sólo a los chicos y no a todo el grupo familiar: “No le podes dar sólo a los bebés, porque toda la familia está infestada. La lombriz va poniendo huevos. Vos podes matarla hoy y la semana que viene tenés el nacimiento de nuevo". Para Cancelo no hay dudas de que se trata de una epidemia.

Villa Garrote - Fotos Ricardo Barbieri

Pero Diego Morera, director general de Medicina Asistencial Tigrense, negó la posibilidad de que exista una epidemia y dijo haber “revisado encuestas sobre los problemas del barrio y no había aparecido el tema. Tuvimos el problema de que muchos de los vecinos no consultaron. Estamos dentro del rango previsto de parásitos”. “Esto no quiere decir que no haya brote de parasitosis”, reconoció, aunque consideró que “es parte del aumento en algunos momentos del año” y negó que la asistencia médica haya sido defectuosa.

Moreira, explicó que la medicación masiva “no se usa más”, según consensos de la Organización Mundial de la Salud. “El parásito cumple un proceso y se muere. Nos preocupan los más chicos porque trae aparejado otros síntomas”. “La propagación no pasa por tema de medicamentos. Viven en condiciones de precariedad entonces es lógico que se contagien mas”.

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