Fuente :
Argentina - Juzgado de Santa Fe -
La Corte por primera vez en el país, decide condenar a seis médicos/as del Hospital Iturraspe de Santa Fe y del SAMCO de la ciudad de Vera involucrados por los Delitos de Lesiones Culposas e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, sentando el precedente de que no practicar un aborto legal puede constituirse en delito
La Corte por primera vez en el país, decide condenar a seis médicos/as del Hospital Iturraspe de Santa Fe y del SAMCO de la ciudad de Vera involucrados por los Delitos de Lesiones Culposas e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, sentando el precedente de que no practicar un aborto legal puede constituirse en delito
Postulado al premio que otorga la Agencia Internacional Women's Link World Wide 2010 a la mejor decisión judicial Hasta el 15 de abril se puede votar.
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"Que se haga Justicia"
"Requerimiento de Instrucción Fiscal Nº 1 referido a la muerte de ANA MARIA ACEVEDO" Expediente Nº 2165 Año 2007"
En septiembre de 2006, Ana María Acevedo, joven de 19 años y madre de tres niños, originaria de la provincia de Santa Fé, acude al hospital local por un dolor en sus dientes. Luego de realizarle unas extracciones y algunos exámenes, la paciente vuelve en octubre con una tumeración facial, la internan y le realizan nuevo exámenes. La joven Acevedo es referida a otros especialistas para que le hagan evaluación de la cabeza y el cuello. El 23 de octubre es referida al Hospital J.M. Cullen de Santa Fe. Allí es diagnosticada con cáncer y es derivada al Hospital Iturraspe para tratamiento oncológico. En noviembre le informan que estudiarán la posibilidad de tratarla con radioterapia y en una cita posterior, cuando la paciente manifiesta tener unos días de atraso en la menstruación, le ordenan prueba de embarazo que resulta positiva. Cuando la joven fue diagnosticada con cáncer no se le informó sobre los riesgos de quedar embarazada.
Cuando la joven tenía 3-4 semanas de embarazo, el radioterapeuta expresa que aunque para este tipo de cáncer el tratamiento adecuado es radioterapia, ésta no puede practicarse por los efectos nocivos que tiene sobre el feto y determina que el embarazo es una contraindicación para la realización del tratamiento. La joven sufría de fuertes dolores en su cara y cuello y no recibió tratamiento alguno para el cáncer a pesar de que ella y su madre solicitaron repetidamente que se interrumpiera el embarazo para que la pudieran tratar. Los médicos les respondían que no podían hacer nada porque ella estaba embarazada y que iban a hacer una reunión con otros profesionales, incluyendo un sacerdote y un juez.
Los padres de Ana María después de hablar con el doctor fueron a hablar con el Director del hospital quien les dijo que le trajeran una orden de un juez pues sólo así podía hacerse el aborto. La familia solicitó ayuda en la defensoría del pueblo en donde no les brindaron ayuda. La salud de Ana María continuó empeorando y sólo recibía tratamiento para el dolor.
El 26 de abril de 2007, cuando Ana María cumple 22 semanas de gestación se decide realizar una cesárea. El Dr. Emilio Schinner, explica en el expediente clínico que el parto se adelantó porque: ''La paciente se encontraba pre-morten, es decir, con una marcada insuficiencia respiratoria y falla de órganos, y todo indicaba que el desenlace era inminente''. La bebé murió a las 24 horas.
Después de un rápido deterioro de salud, Ana María muere el 17 de mayo de 2007. Luego de su muerte la madre y el padre de la joven le otorgaron poder a las abogadas de la Multisectorial de Mujeres para representarlos en el caso que ya había sido denunciado penalmente.-
La Corte por primera vez en el país, decide condenar a los médicos involucrados por los delitos de lesiones culposas e incumplimiento de los deberes de funcionario público, sentando el precedente de que no practicar un aborto legal puede constituirse en delito.
La Asociación de Mujeres en el Desarrollo AWID reconoció este caso como un ejemplo de violaciones aberrantes a los derechos humanos.
La Multisectorial de Mujeres de Santa Fe acompañó el caso humana, política y jurídicamente desde que tuvieron conocimiento por los medios gráficos de que Ana María Acevedo, una joven de 20 años perteneciente a sectores populares y empobrecidos, estaba muriéndose en el hospital público, enferma de cáncer y con una gestación en curso.
Cuando la joven tenía 3-4 semanas de embarazo, el radioterapeuta expresa que aunque para este tipo de cáncer el tratamiento adecuado es radioterapia, ésta no puede practicarse por los efectos nocivos que tiene sobre el feto y determina que el embarazo es una contraindicación para la realización del tratamiento. La joven sufría de fuertes dolores en su cara y cuello y no recibió tratamiento alguno para el cáncer a pesar de que ella y su madre solicitaron repetidamente que se interrumpiera el embarazo para que la pudieran tratar. Los médicos les respondían que no podían hacer nada porque ella estaba embarazada y que iban a hacer una reunión con otros profesionales, incluyendo un sacerdote y un juez.
Los padres de Ana María después de hablar con el doctor fueron a hablar con el Director del hospital quien les dijo que le trajeran una orden de un juez pues sólo así podía hacerse el aborto. La familia solicitó ayuda en la defensoría del pueblo en donde no les brindaron ayuda. La salud de Ana María continuó empeorando y sólo recibía tratamiento para el dolor.
El 26 de abril de 2007, cuando Ana María cumple 22 semanas de gestación se decide realizar una cesárea. El Dr. Emilio Schinner, explica en el expediente clínico que el parto se adelantó porque: ''La paciente se encontraba pre-morten, es decir, con una marcada insuficiencia respiratoria y falla de órganos, y todo indicaba que el desenlace era inminente''. La bebé murió a las 24 horas.
Después de un rápido deterioro de salud, Ana María muere el 17 de mayo de 2007. Luego de su muerte la madre y el padre de la joven le otorgaron poder a las abogadas de la Multisectorial de Mujeres para representarlos en el caso que ya había sido denunciado penalmente.-
La Corte por primera vez en el país, decide condenar a los médicos involucrados por los delitos de lesiones culposas e incumplimiento de los deberes de funcionario público, sentando el precedente de que no practicar un aborto legal puede constituirse en delito.
La Asociación de Mujeres en el Desarrollo AWID reconoció este caso como un ejemplo de violaciones aberrantes a los derechos humanos.
La Multisectorial de Mujeres de Santa Fe acompañó el caso humana, política y jurídicamente desde que tuvieron conocimiento por los medios gráficos de que Ana María Acevedo, una joven de 20 años perteneciente a sectores populares y empobrecidos, estaba muriéndose en el hospital público, enferma de cáncer y con una gestación en curso.
Norma Cuevas y Marylin Acevedo, mamá y hermana de Ana María, asistieron al XXII Encuentro de Mujeres realizado en Córdoba en octubre de 2007, al que concurrieron más de 30.000 mujeres. Relataron el caso y recibieron el apoyo masivo de las mujeres presentes, pertenecientes al Movimiento de Mujeres de Argentina.-Este caso se ha vuelto paradigmático y Ana María es hoy un emblema, es la bandera de miles de militantes feministas: su historia, su foto, los murales recordatorios alusivos a su caso han recorrido el mundo.-
(Leer el fallo AQUI)
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