Alma de Nogal : Los Chalchaleros

martes, 13 de abril de 2010

PEDIRAN QUE NO FUMIGUEN A LOS NIÑOS ...DIARIO : UNO, ENTRE RÍOS

Fuente imagen : http://yohandry.files.wordpress.com/2009/07/gorilas.jpg

Entre Rios:

.SENADORES REVISARÁN LA LEY DE AGROQUÍMICOS EN LUCAS GONZÁLEZ

07:54:57 13-04-10




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- Se reunirán con productores en Lucas González; Según se adelantó modificarían los articulos que avanzan, sobre las fumigaciones en áreas cercanas a escuelas y poblados.

La comisión de Producción del Senado trabajará este miércoles el proyecto de ley sobre uso de agroquímicos que tiene media sanción de Diputados.
La reunión será a partir de 10 en la Cooperativa “El Progreso” de Lucas Gonzalez.
El presidente de la Comisión de Producción del Senado, Cesar Arletazz, adelantó que introducirán cambios al proyecto que impulsó Jorge Kerz (PF) en la cámara baja reformando la Ley 6.599.
“Nadie puede negar la toxicidad” de los agroquímicos dijo a RecintoNet Arletazz pero no dejó de mencionar que la mayoría de estos productos “están aprobados por el Senasa” por lo que “es necesario asegurar que se usen como se debe, que no se vendan sin prescripción profesional y que también su aplicación esté controlada por profesionales” opinó el legislador.
Cabe recordar que la ley fue sancionada en septiembre de 2008 por Diputados y su articulado ponía especial acento en el cuidado de la niñez atendiendo el problema de las fumigaciones en zonas cercanas a las escuelas. Uno de los artículos establecía que quien fumigue, debería notificarlo 48 horas antes y, para quienes incumplieran fijaba un régimen de sanciones.
Toda persona que decida aplicar plaguicidas por aspersión aérea o terrestre, deberá tomar las precauciones del caso para evitar ocasionar daños a terceros y/o al ambiente. Previo a toda aplicación que involucre las distancias de seguridad fijadas por la autoridad de aplicación deberá comunicarse en forma fehaciente con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a los vecinos cercanos, juntas de gobierno, destacamentos policiales rurales y establecimientos educativos rurales.
Estos últimos se considerarán incluidos en una “Zona de Resguardo Ambiental” determinada por una distancia de cincuenta (50) metros a partir del perímetro catastral del establecimiento donde se prohíben las aplicaciones” decía el artículo 8 que reformaba la ley 6599 de plaguicidas que volverá a estudiarse junto con asesores, especialistas y productores.

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