26/02/2015
La acción de la educación cooperativa
Fuente: Tribuna – Diario Clarin 23/2/2015
En el 2006, el Congreso Nacional aprobó la ley N° 26.206, de Educación Nacional. En el artículo 90 de ese texto legal, se estableció que “el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la ley N° 16.583, y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar”.
En el 2012, en el Congreso Argentino de las Cooperativas, se reconoció que “aún estamos lejos de cumplir con la ley y de aprovechar en toda su potencionalidad la enseñanza del cooperativismo en las escuelas como camino a la transformación social, como aprendizaje de nuevos paradigmas de desarrollo, de trabajo y de organización solidaria”. La educación cooperativa y el cooperativismo escolar posibilitan la construcción de una sociedad mejor.
Contribuye a la práctica permanente del esfuerzo propio y la ayuda mutua, la solidaridad, el trabajo honrado, la autogestión económica, genera una sociedad mental y moralmente sana. Las cooperativas y mutuales escolares constituyen a su vez, una nueva herramienta pedagógica para formar a la niñez y a la juventud argentina en la práctica de nuevos valores, de nuevos comportamientos auténticamente solidarios, participativos y democráticos.
Además, contribuyen al abaratamiento en la compra de útiles, libros y ropas escolares. Porque al adquirirlos en grandes cantidades, los consumidores defienden en mejores condiciones su poder de compra. Desde la primera cooperativa escolar surgida en nuestro país en el año 1962, en la provincia de Córdoba, ha habido en los años de gobiernos democráticos un desarrollo interesante de estas entidades, especialmente en el interior del país.
La ley N° 16.583 de 1964, promulgada y reglamentada por el presidente Arturo Illia, declaró de alto interés nacional la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo en todo el país. No obstante los avances logrados, las marchas, y retrocesos producidos especialmente durante los períodos de gobiernos militares, hoy, podemos afirmar, que el cumplimiento del artículo 90, de la ley N° 26.206, de Educación Nacional, en buena medida, constituye una asignatura pendiente. No ha existido la suficiente voluntad política por parte de las autoridades educativas tanto en el orden nacional, como en la mayoría de las provincias argentinas, para impulsar la educación cooperativa en las aulas, y el cooperativismo escolar, formando a su vez a los docentes, para que estos puedan transmitir a los alumnos, los valores, los principios, y la doctrina de la cooperación.
Las leyes se dictan para ser cumplidas. Después de 8 años, no existen más excusas para dar estricto cumplimiento al artículo 90, de la ley de educación nacional.
Héctor Polino fue diputado nacional (Partido Socialista) y secretario de Acción Cooperativa de la Nación.
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