SAGARPA impulsa pesquería sustentable
04 de Julio, 2015
En el Diario Oficial de la Federación se publicaron las medidas para el aprovechamiento de mero y especies asociadas como el pargo, cobia y ronco en aguas nacionales del litoral del Golfo de México y Mar Caribe.
Como parte de sus políticas públicas de impulsar la pesquería sustentable en el país, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) estableció una serie de medidas para el aprovechamiento de mero y especies asociadas como el pargo, cobia y ronco en aguas nacionales del litoral del Golfo de México y Mar Caribe.
Por medio de un comunicado se indicó que con la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-065-SAG/PESC-2014, la SAGARPA dispuso que para la captura de mero se autoriza el uso de embarcaciones mayores con o sin alijos, así como embarcaciones menores operadas con motores fuera de borda o estacionarios.
Es de resaltar que la medida es de observancia obligatoria para los permisionarios o concesionarios que realicen actividades de aprovechamiento de mero y especies asociadas.
Asimismo en el Diario Oficial de la Federación se precisa que las artes de pesca autorizadas y los límites de esfuerzo permitidos para embarcaciones mayores y menores.
En la publicación se puntualiza qué artes de pesca quedan prohibidas, así como realizar actos de pesca en zonas consideradas como áreas de refugio y el uso como carnada de cualquier material ajeno al medio marino, tales como restos de pollo y cueros, entre otros
En esta NOM se establece que la talla mínima de captura para el mero rojo (Epinephelus morio) es de 36.3 centímetros de longitud total, la cual podrá ser modificada con base en la recomendación técnico-biológica del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA).
Asimismo, las tallas mínimas, artes de pesca, cuotas de captura, tipos de carnada, zonas de refugio, áreas protegidas u otro tipo de medidas que se requieran, podrán ser incorporadas o modificadas por la Secretaría, con base en la evidencia científica o tecnológica disponible.
La SAGARPA indica que con el propósito de contribuir al aprovechamiento responsable de las especies de meros y asociadas, desde el punto de vista biológico se podrán establecer periodos y zonas de veda durante la época de reproducción y crecimiento.
Finalmente y en coordinación con los Consejos Estatales de Pesca determinará cuotas anuales de captura, que serán definidas con base en las evaluaciones anuales sobre el recurso.
dga
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