Argentina: La Justicia de Bahía Blanca ordena al SENASA que informe sobre las evaluaciones de riesgos de los agrotóxicos
"Es primordial conocer esa información, por resultar esencial para la resolución de la causa, y demostrar que todos los agrotóxicos autorizados en la Argentina no poseen un aval de inocuidad alimentaria y seguridad ambiental".
La Justicia de Bahía Blanca ordena al SENASA bajo apercibimiento legal para que informe sobre las evaluaciones de riesgos de los agrotóxicos en la salud humana:
En la causa judicial de la Escuelita Rural de Coronel Suárez, afectada por las fumigaciones, que tramita en el Juzgado de Ejecución Penal Nro 1 del Departamento judicial de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), había sido requerido, en el mes de Julio de 2015, para que informara si para la aprobación de los registros de agrotóxicos en la República Argentina, las empresas agro biotecnológicas han presentado estudios a largo plazo en las evaluaciones de riesgos en la salud humana . Y en el caso de ser afirmativo que se remitieran todas las actuaciones administrativas.
Asimismo, en la misma diligencia judicial informativa, se le requirió al SENASA que informara si en virtud de las evidencias científicas sobre los efectos adversos del Glifosato, Glufosinato, 2,4-D, Paraquat, Dicamba y Atrazina - inaceptables tanto para la salud como para el ambiente - se había procedido por dicho organismo, a iniciar el proceso de Análisis de Riesgo de dichos agrotóxicos, conforme el Capítulo 18 de la Res. SENASA 350/99, como así también si todas las empresas han readecuado sus productos a la nueva clasificación toxicológica conforme las modificaciones introducidas Res. SENASA 310/12, donde por Ej. el Glifosato debería ser clasificado como categoría III.
Que el SENASA omitió brindar esa información en el plazo ordenado por la justicia, lo que motivó que de inmediato Naturaleza de Derechos - parte en ese proceso judicial - solicitara al juez de la causa, Dr Claudio Alberto Brun, a que se intime a dicho organismo a que brinde indefectiblemente la información requerida bajo apercibimiento legal, por resultar esencial para la resolución de la causa, y demostrar que todos los agrotóxicos autorizados en la Argentina no poseen un aval de inocuidad alimentaria y seguridad ambiental.
El juez Brun hizo lugar a la petición y ordenó el libramiento de un nuevo requerimiento bajo el apercibimiento de imponer astreintes (multa económica) en caso de que el SENASA no cumpla en tiempo y forma con el pedido judicial.
La autoridades del SENASA saben que la información requerida, de brindarla coloca al organismo y a ellos mismos en una complicada y difícil situación ante la ley. Desde la próxima semana tienen un plazo de 20 días hábiles para dar la información solicitada.
Vencido el plazo sin que se haya cumplido debidamente con la orden judicial, se requerirá la aplicación de la multa y el inicio de las correspondientes actuaciones penales.
- Para ver el Oficio Judicial enviado el 10 de septiembrea SENASA, haga clic: Aquí
Fuente: Naturaleza de Derechos
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Estadística mensual de Nogal de Vida
Muchas gracias queridos lectores.
Patricia I Roccatagliata
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